Campo Real (BOCM-20221122-67)
Ofertas de empleo. Bases generales proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 278

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE NOVIEMBRE DE 2022

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mente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020, el sistema de
selección será el de concurso-oposición.
7.1.2. Fase de oposición: se valorará con un 60 por 100 de la puntuación total.
Esta fase tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la realización de un examen teórico, existiendo posibilidad de realización de una prueba práctica, de acuerdo a la plaza que
se convoca y de conformidad con los dispuesto en el temario que se establecerá en las bases específicas de cada una de las plazas convocadas.
Siempre que sea posible, las pruebas se realizarán en llamamiento único pudiendo
coincidir en fecha y hora los procesos selectivos para distintas plazas.
Serán automáticamente excluidos quienes no se presenten a dicho llamamiento, salvo
en los casos de fuerza mayor alegados y justificados con anterioridad a la realización del
ejercicio, los cuales serán apreciados libremente por el Tribunal.
7.1.3. Fase de concurso: esta fase no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en
cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición, no pudiendo determinar por si misma el resultado del proceso selectivo.
Se valorará con un 40 por 100 de la puntuación total, donde se tendrán en cuenta méritos profesionales y académicos, no pudiendo superar los profesionales más del 90 por 100
y los académicos menos del 10 por 100 de la puntuación de esta fase. En las bases específicas de cada plaza se establecerán los méritos objetivos a valorar, así como las puntuaciones que se otorgarán a cada uno de ellos.
En las bases específicas de cada convocatoria se establecerán los méritos a valorar, así
como las puntuaciones que se otorgarán a cada uno de ellos.
8. Sistema de calificación del proceso selectivo
8.1. La calificación total será la suma de la puntuación obtenida en la fase de oposición y la correspondiente a la fase de concurso, siempre y cuando haya sido superada la fase
de oposición según lo establecido en la base 7.1.2 y en las bases específicas.
La relación de la experiencia y los cursos con el puesto de trabajo, será acordada por
el Tribunal Calificador a la vista de la documentación que presenten los solicitantes y las
funciones asignadas al puesto.
8.2. En caso de empate en la puntuación final, el orden de desempate se establecerá
atendiendo en primer lugar al mayor tiempo de servicios prestados en el Ayuntamiento de
Campo Real. De persistir el empate, este se resolverá con una entrevista personal versando
sobre los méritos específicos adecuados a las características del puesto.
9. Resolución del proceso selectivo y lista de aprobados
9.1. Finalizados cada uno de los procesos de selección, el Tribunal Calificador elevará la relación de aspirantes ordenados según la puntuación obtenida de mayor a menor, con
indicación del documento nacional de identidad (en la forma prevista legalmente para la protección de los datos de carácter personal), así como las notas parciales de los méritos valorados, al órgano competente para la resolución del proceso selectivo, que ordenará su publicación en la sede electrónica y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Campo Real.
9.2. El Tribunal declarará seleccionado al aspirante que haya obtenido la mayor puntuación en el proceso de selección. En el caso de que haya más de una plaza se declararán seleccionados según el orden de puntuación hasta alcanzar el número de plazas convocadas.
En el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que
se hiciera pública la lista definitiva, los aspirantes propuestos deberán presentar en el Registro del Ayuntamiento de Campo Real, la documentación original que acredite la documentación aportada y valorada y original y fotocopia, para su cotejo del título habilitante
para presentarse al proceso de selección, así como la declaración jurada o promesa de no
haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera de la
Administraciones Públicas ni hallarse en inhabilitación absoluta para el acceso, así como la
documentación acreditativa de los restantes requisitos que, en su caso, pudieran exigirse en
cada base específica.
Quienes dentro del plazo fijado no presentasen la documentación, o del examen de la
misma se dedujese que carece de algunos de los requisitos señalados en las bases, no podrán ser contratados, quedando anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad
en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia o documentación.

BOCM-20221122-67

10. Presentación de documentos