Becerril de la Sierra (BOCM-20221121-65)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 277

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE NOVIEMBRE DE 2022

Pág. 343

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, los documentos que se relacionan a
continuación:
a) Fotocopia y original del documento nacional de identidad o, en su caso, documento de identidad expedido por un Estado extranjero o pasaporte. El documento que
se presente habrá de encontrarse en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse
de cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países
miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por
las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco, así como una
declaración jurada o promesa de que el vínculo sigue existiendo, sin que estén separados de derecho.
c) Fotocopia y original del título exigido para concurrir al proceso selectivo, o certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del mismo. En el caso de titulaciones obtenidas
en el extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse
en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por
resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de la plaza convocada. Los nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no
hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el
acceso a la función pública.
e) Los aspirantes que hayan participado por el cupo de discapacidad deberán aportar
certificación expedida por los órganos de la Comunidad Autónoma correspondiente, o en su caso, del Ministerio competente, acreditativa del grado de minusvalía, así como la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes a la plaza convocada.
f) La documentación original (también es admisible una copia auténtica o documento electrónico con código seguro de verificación) de los méritos que se han aportado junto con la solicitud de participación.
Quienes dentro del plazo anteriormente indicado, y salvo los casos de fuerza mayor,
no presentasen la documentación exigida o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
Tampoco se valorarán definitivamente, y podrá dar lugar a un cambio en el orden de
puntuación total, así como, en su caso, en la relación definitiva de aspirantes aprobados,
aquellos méritos del aspirante requerido cuya documentación justificativa original no sea
aportada dentro del indicado plazo.

Concluido el proceso selectivo para cubrir plazas de funcionarios de carrera, las personas aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir con los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante resolución del AlcaldePresidente, la cual se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con
indicación del destino adjudicado. Dicha resolución deberá dictarse “lex data” antes del 31
de diciembre de 2024 (Disposición adicional sexta en coordinación con el artículo 2.2 de la
Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público).
La toma de posesión de los aspirantes que hubiesen superado el proceso selectivo se
efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento como funcionarios de carrera en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
17. Adjudicación de destinos
En la adjudicación de los puestos de trabajo tendrá preferencia a optar al puesto que desempeñaba con carácter previo al proceso selectivo el funcionario interino que lo ocupaba

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16. Nombramiento como funcionarios de carrera y toma de posesión