D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221121-36)
Convenio –  Convenio interadministrativo de 7 de julio de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de El Escorial para la prevención y control del absentismo escolar
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 277

Segunda
Definiciones
Los términos específicos en materia de protección de datos serán interpretados conforme a las definiciones establecidas en el artículo 4 del RGPD.
Tercera
Objeto del encargo de tratamiento
Mediante las presentes cláusulas se habilita al Ayuntamiento de El Escorial, Encargado del tratamiento, para tratar por cuenta de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y
Universidades, Responsable del tratamiento, los datos de carácter personal necesarios para
desarrollar en colaboración con la Comunidad de Madrid para mejorar las situaciones de
riesgo de exclusión social que pueden padecer los colectivos en situación de desventaja así
como la respuesta a las necesidades educativas que presentan para prevenir y controlar el
absentismo escolar del alumnado de entre 6 y 16 años y, con carácter preventivo, en el segundo ciclo de Educación Infantil, mediante la firma de convenios de colaboración con
Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid.
El tratamiento de los datos personales comprenderá: recogida/registro/estructuración/modificación/conservación/extracción/consulta/comunicación por transmisión/difusión/interconexión/cotejo/ limitación/destrucción/ supresión/comunicación/y cualquier
otro que requiera el objeto del convenio que se suscribe.
Cuarta
Identificación de la información afectada
Para la ejecución de las actuaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este encargo, el Responsable del tratamiento pone a disposición del Encargado, la información que
se describe a continuación, correspondiente a la actividad de tratamiento “2.A.10 y 2.C.6,”
declaradas en el Registro de Actividades de Tratamiento que proceda):
— Interesados: Alumnos, padres, tutores legales.
— Datos personales del tratamiento a los que se puede acceder: datos especialmente
protegidos, datos de carácter identificativo, características personales, circunstancias sociales, datos académicos y profesionales.
Quinta
Duración
El presente acuerdo tiene una duración coincidente con el periodo de vigencia del convenio suscrito, sin perjuicio de las obligaciones que, conforme al clausulado del presente
acuerdo de encargo hayan de extenderse más allá de dicho período.
Sexta
El Encargado del tratamiento se obliga a guardar la máxima reserva y secreto sobre la
información clasificada como confidencial facilitada por el Responsable del Tratamiento a
efectos de dar cumplimiento al objeto del convenio.
Tendrá la consideración de información confidencial toda la información susceptible
de ser revelada por escrito, de palabra o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que posibilite el estado de la técnica en el futuro, intercambiada como consecuencia de este convenio, en especial la información y datos personales a los que el Encargado haya accedido o acceda durante su ejecución.
Las partes se comprometen a mantener el compromiso de confidencialidad respecto a
la información y material facilitado y recibido en virtud del presente convenio durante la
vigencia del mismo, así como de forma indefinida tras su finalización, obligándose a:
a) Utilizar la información de forma reservada.
b) No divulgar ni comunicar la información facilitada o recibida, salvo resolución
motivada en los términos establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y la Ley 10/2019,
de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20221121-36

Deber de confidencialidad