D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221119-3)
Convenio –  Convenio de 24 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Arganda del Rey para la realización de actuaciones en el marco del Plan Corresponsables
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 276

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 19 DE NOVIEMBRE DE 2022

Pág. 41

I. Nombre del Proyecto 2:
APERTURA DE CENTROS EN DÍAS NO LECTIVOS Y PERIODOS VACACIONALES
II. Objetivos:
Generales
Facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las familias con hijas e hijos
menores de hasta 16 años de edad residentes en la Comunidad de Madrid través de la puesta
en marcha de actuaciones que permitirán a las familias acceder y disfrutar de cuidados profesionales para que los y las menores estén atendidos mientras las personas adultas de la unidad familiar se encuentran haciendo frente a sus responsabilidades profesionales u otras obligaciones personales. Así como fomentar la corresponsabilidad de las obligaciones familiares
en base al principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
Específicos
O.E.1. Ofrecer alternativas a las familias del municipio para poder conciliar la vida laboral y familiar.
O.E.2. Facilitar a las familias la conciliación de la vida familiar y laboral, mediante el desarrollo de
talleres culturales y de ocio para los niños y las niñas de 3 a 12 años, escolarizados en centros
educativos de segundo ciclo de educación infantil y educación primaria en el municipio.
O.E.3. Ofrecer a las niñas y niños del municipio la posibilidad de disfrutar actividades de ocio y tiempo libre durante las vacaciones escolares.
O.E.4. Ofrecer al alumnado de Segundo Ciclo de E. Infantil y E. Primaria de Arganda del Rey un
servicio de desayuno, talleres culturales y comedor escolar que cubre los días del calendario escolar en que no hay actividad lectiva, con un programa basado en los intereses de los menores,
desarrollado por profesionales del ocio y tiempo libre.
III. Descripción de actividades:
Realización de talleres culturales y de ocio a realizar en los centros educativos y en los centros
culturales del municipio de Arganda del Rey durante los días laborables de los períodos no lectivos y periodos vacacionales, marcados estos últimos por el calendario escolar de la Comunidad de Madrid
Requisitos exigibles/exigidos para participar en las actividades: El requisito es para niñas y niños de familias empadronadas en el municipio, independientemente de donde estén escolarizados.
Las familias que estén en intervención en Servicios Sociales, y si la trabajadora informa que es
necesario para la familia, se les exime del pago.
Fecha de inicio del conjunto de las actividades: Desde los días no lectivos de enero correspondientes a las vacaciones escolares de Navidad.
Periodo de duración del proyecto: días no lectivos y periodos vacacionales (Navidad, Semana
Santa, verano).
Instalaciones o centros donde se realizan las actividades: En cada uno de los periodos descritos se utilizan dos centros educativos públicos: uno en el casco urbano de Arganda del Rey y
otro en el barrio de La Poveda de dicho Municipio.
Estas actuaciones se destinarán con carácter prioritario a la atención de familias monoparentales, víctimas de violencia de género y de otras formas de violencia contra la mujer, mujeres en
situación de desempleo de larga duración, mujeres mayores de 45 años o a unidades familiares en las que existan otras cargas relacionadas con los cuidados.

El importe de este proyecto, que asciende a 63.868,26 € estará financiada al 100% por la
Consejería de Familia, Juventud y Política Social, con cargo a la Partida 46200, Programa 232
B de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2022. La aportación
de la Comunidad de Madrid correspondiente a estos programas será financiada a través de los
Fondos del Plan Corresponsables, transferidos por el Ministerio de Igualdad a la Comunidad. El
pago de este convenio será de manera anticipada porque se asigna a una partida del año 2022
y en caso contrario no se podría ejecutar la misma.

BOCM-20221119-3

IV. Memoria económica: