El Álamo (BOCM-20221118-64)
Régimen económico. Ordenanza fiscal construcciones y obras
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 496
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 275
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
64
EL ÁLAMO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20221118-64
Al no haberse presentado alegaciones durante el período de exposición pública, resulta automáticamente elevado a definitivo el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de El Álamo en sesión ordinaria celebrada el día 29 de septiembre de 2022, aprobando
la modificación de la ordenanza fiscal municipal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, mediante la inclusión en el artículo 4 de una bonificación
del 95 por 100 a favor de las construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen
sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 70.2 de la LRBRL y 17.4 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, se publica el texto integro de la ordenanza.
A partir de la presente publicación, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en las normas reguladoras de dicha
jurisdicción.
Texto de la ordenanza:
“Artículo 4. Exenciones y bonificaciones.—En la liquidación del tributo se establece
una bonificación del 95 por 100 a favor de las construcciones, instalaciones u obras en las
que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar.
La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación de
la Administración competente.
No se concederá esta bonificación cuando la implantación de estos sistemas sea obligatoria a tenor de la normativa específica en la materia”.
Entrada en vigor: la presente modificación entrará en vigor al día siguiente de la publicación de su texto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En El Álamo, a 17 de noviembre de 2022.—La alcaldesa, Natalia Quitana Serrano.—
El secretario, Carlos Carbajosa del Olmo.
(03/22.340/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 496
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B.O.C.M. Núm. 275
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AYUNTAMIENTO DE
64
EL ÁLAMO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20221118-64
Al no haberse presentado alegaciones durante el período de exposición pública, resulta automáticamente elevado a definitivo el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de El Álamo en sesión ordinaria celebrada el día 29 de septiembre de 2022, aprobando
la modificación de la ordenanza fiscal municipal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, mediante la inclusión en el artículo 4 de una bonificación
del 95 por 100 a favor de las construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen
sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 70.2 de la LRBRL y 17.4 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, se publica el texto integro de la ordenanza.
A partir de la presente publicación, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en las normas reguladoras de dicha
jurisdicción.
Texto de la ordenanza:
“Artículo 4. Exenciones y bonificaciones.—En la liquidación del tributo se establece
una bonificación del 95 por 100 a favor de las construcciones, instalaciones u obras en las
que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar.
La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación de
la Administración competente.
No se concederá esta bonificación cuando la implantación de estos sistemas sea obligatoria a tenor de la normativa específica en la materia”.
Entrada en vigor: la presente modificación entrará en vigor al día siguiente de la publicación de su texto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En El Álamo, a 17 de noviembre de 2022.—La alcaldesa, Natalia Quitana Serrano.—
El secretario, Carlos Carbajosa del Olmo.
(03/22.340/22)
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ISSN 1989-4791