San Sebastián de los Reyes (BOCM-20221118-84)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 275

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2022

Pág. 527

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
84

SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto del acuerdo de 2 de noviembre de 2022, de la Junta de Gobierno Local del
Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, por el que se aprueban las normas reguladoras y el procedimiento de concesión directa de Ayudas de Emergencia a familias en situación de vulnerabilidad económica y/o social producida por el impacto del COVID-19.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index ):
Primero. Objeto.—Las subvenciones reguladas en el presente acuerdo tienen por objeto establecer el procedimiento de concesión de “Ayudas de Emergencia a familias en situación de vulnerabilidad económica y/o social producida por el impacto del COVID-19 en régimen de concesión directa”, enmarcadas en el convenio interadministrativo firmado entre el
Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes y la Comunidad de Madrid (a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y financiadas al 100 por 100 en el marco de los
recursos REACT-UE del programa operativo FSE de la Comunidad de Madrid 2014/2020.
Segundo. Características y objetivos de las ayudas.—Las ayudas reguladas en las
presentes normas se consideran ayudas de emergencia social, entendiendo como tales aquellas prestaciones económicas de carácter extraordinario, cuya finalidad es dar cobertura a
las necesidades básicas de personas y familias en situación de emergencia social en el municipio de San Sebastián de los Reyes consecuencia de la crisis provocada por la COVID-19.
Y, a estos efectos, se define como situación de emergencia social aquella situación económica definida por el agotamiento de prestaciones en la unidad de convivencia, la pérdida de
ingresos regulares y suficientes, o carencia de los mismos para hacer frente a las necesidades básicas.
Son características de estas ayudas: su naturaleza temporal, su carácter finalista y su
carácter subsidiario y complementario de todo tipo de recursos y prestaciones sociales de
contenido económico previstas en la legislación vigente.
Las ayudas van destinadas a cubrir los siguientes objetivos: dar respuesta a necesidades básicas (tomando como referencia lo regulado en el artículo 142 del Código Civil) y
apoyar procesos de intervención desarrollados por los Servicios Sociales municipales con
personas y familias para su inclusión social y el acceso al mercado de trabajo. Los gastos
subvencionables son los contemplados en el apartado 5 de las normas reguladoras: tipología de las ayudas.
Tercero. Régimen jurídico.—La concesión de las ayudas se regirá por las presentes
Normas Reguladoras (aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 2 de noviembre de 2022 y publicada en la página web del Ayuntamiento de San Sebastián de los
Reyes: https://www.ssreyes.org ) y por la ordenanza municipal reguladora de subvenciones
del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento
de la Ley 38/2003, la Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad
de Madrid; el Convenio Interadministrativo entre Comunidad de Madrid y Ayuntamiento
de San Sebastián de los Reyes para la concesión de Ayudas de Emergencia Social a Familias en situación de vulnerabilidad por el impacto del COVID 2022-2023, financiado al 100
por 100 en el marco de los recursos REACT-UE del programa operativo FSE de la Comunidad de Madrid 2014-2020, las vigentes bases de ejecución del presupuesto general del
Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes y demás normativa de aplicación.
Cuarto. Dotación presupuestaria.—La cuantía total máxima destinada a las ayudas
será la correspondiente a la financiación establecida de forma anual en el convenio firmado

BOCM-20221118-84

BDNS 658609