Móstoles número 2 (BOCM-20221118-115)
Procedimiento 112/2022
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 275

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
115

MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 2 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 112/2022 (Ejecución: ) de este juzgado de
lo Social, seguido a instancia de Dña. María de los Ángeles Santiago Ramírez frente a Nosaterra Nordes S.L. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado resolución del tenor literal siguiente :
En Móstoles, a veintidós de abril de dos mil veintidós.
Vistos por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 2 de Móstoles, Dª.
Ana Fernández Valenti, los presentes autos nº 112/2022 seguidos a instancia de Dña. María de los Ángeles Santiago Ramírez frente a Nosaterra Nordes S.L. sobre Despido.
EN NOMBRE DEL REY
Ha dictado la siguiente
SENTENCIA Nº 148/2022

Estimo la demanda formulada por Dª María de los Ángeles Santiago Ramírez, frente
a Nosaterra Nordes S.L., declaro la improcedencia del despido de que fue objeto con fecha
25-09-21, condenando a la demandada a estar y pasar por tal declaración asi como a que, a
su elección, que deberá manifestar de forma expresa ante este juzgado en el plazo máximo
de cinco días a contar desde la notificación de esta sentencia, readmita a la actora en su
puesto de trabajo, con abono de los salarios de tramitación en cuantía bruta diaria prorrateada de 22’00 euros, o la indemnice en la cantidad de 363’00 euros, supuesto que determinará la extinción de la relación laboral en la fecha del despido. Y poniendo en conocimiento de la empresa que en caso de no efectuar la opción en el plazo indicado, se entenderá que
opta a favor de la readmisión.
Y estimando parcialmente la reclamación acumulada de cantidad, condeno a Nosaterra Nordes S.L., a que abone a Dª María de los Ángeles Santiago Ramírez, la cantidad bruta de 557’54 euros brutos con prorrata de pagas extras incluida en concepto de nómina de
septiembre 2021.
Notifíquese esta Sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días
siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público
de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de anunciarlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta de este juzgado 2851-0000-61-0112-22 abierta en la oficina del Banco Santander 1564 sita en Avda.
Constitución 52 de Móstoles, aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al
tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en o presentar aval
de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria a la cuenta del Banco Santander de este juzgado con IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274, indicando en el campo
“observaciones o concepto de la transferencia” los dígitos 2851-0000-61-0112-22.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Nosaterra Nordes S.L., en ignorado
paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid.

BOCM-20221118-115

FALLO