C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221118-24)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden de 27 de octubre de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a las empresas del sector comercio que tengan la consideración de Pyme y a las asociaciones de comerciantes de la Comunidad de Madrid para apoyar e impulsar la competitividad y modernización a través de la transformación digital y sostenible en el comercio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Nextgeneration EU, y se realiza la convocatoria para el año 2022
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 275

raciones y confederaciones legalmente constituidas y con sede social en el territorio de la Comunidad de Madrid que:
1.o Tengan entre sus fines estatutarios y programas de actuación la defensa de los
intereses del sector comercial y la realización de actividades que contribuyan
a la dinamización y fomento de la actividad comercial.
2.o En el caso de asociaciones multisectoriales, que agrupen al menos al 30 por
ciento de socios cuya actividad se encuadre dentro de los códigos CNAE 2009
45, 46 o 47.
Tercero
Financiación
La financiación de las ayudas se hará con cargo al programa presupuestario 431A y
aplicación presupuestaria 79000, correspondiente a la Dirección General de Comercio y
Consumo.
El crédito total previsto para la presente convocatoria es de 6.000.000 de euros, de los
cuales 4.500.000 euros corresponderán a la línea destinada a las pequeñas y medianas empresas y a las personas titulares de empresas individuales del sector comercial, y 1.500.000
euros a las asociaciones sin ánimo de lucro de comerciantes. Los créditos no agotados de
cada una de las líneas podrán ser incorporados a la financiación, caso de ser necesario, de
los proyectos de la otra línea.
Cuarto
Determinación de la cuantía e inversión mínima
Las ayudas consistirán en subvenciones del 90 por 100 del presupuesto aprobado y
aceptado por la Dirección General de Comercio y Consumo, excluido todo tipo de impuestos y con un límite de ayuda máxima por beneficiario de 200.000 euros.
La inversión mínima correspondiente a los gastos que se consideren subvencionables
deberá alcanzar, excluidos todo tipo de impuestos, la cuantía de 15.000 euros.
Quinto
Gastos subvencionables
En relación a la línea de ayuda destinada a pequeñas y medianas empresas y personas
titulares de empresas individuales se consideran gastos subvencionables los relativos a la
transformación digital, a la transformación del punto de venta, a la sostenibilidad y economía circular, a la cadena de suministro y trazabilidad.
En relación a la línea de ayuda destinada a las asociaciones sin ánimo de lucro de comerciantes, se consideran gastos subvencionables los relativos a la transformación digital
del colectivo de asociados, a la transformación del punto de venta de forma colectiva, a la
sostenibilidad y economía circular, a la cadena de suministro y trazabilidad y a los relativos a la sensibilización y formación.
Sexto
Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes de ayuda podrán presentarse durante un plazo de quince días hábiles, a
partir del día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID del extracto de la presente Orden de convocatoria.
Séptimo
Los proyectos que se presenten con cargo a la presente convocatoria habrán de haberse ejecutado entre el 1 de enero y el 15 de diciembre de 2022.
Madrid, a 27 de octubre de 2022.
El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo,
JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC

(03/21.898/22)
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ISSN 1989-4791

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Período subvencionable