B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221118-2)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 11 de noviembre de 2022, del Director General de Recursos Humanos, por la que se convocan los procedimientos selectivos de ingreso, por el sistema excepcional de Concurso de Méritos, en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Música y Artes Escénicas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Profesores Especialistas en Sectores singulares de Formación Profesional a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad de Madrid
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BOCM

VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 275

ANEXO II
BAREMO PARA LA VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA INGRESO A LOS
CUERPOS DOCENTES A TRAVÉS DEL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN LA
DISPOSICIÓN TRANSITORIA QUINTA DEL REAL DECRETO 276/2007, DE 23 DE
FEBRERO.
Las personas aspirantes no podrán alcanzar más de 15 puntos por la valoración de sus
méritos.
Únicamente serán baremados aquellos méritos perfeccionados hasta la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, sin que un mismo mérito pueda
ser valorado en más de un apartado o subapartado del baremo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los
documentos que presenten para su valoración deberán venir traducidos al castellano.
Todos los méritos alegados deberán acreditarse mediante copia de los documentos
justificativos, responsabilizándose los participantes expresamente de la veracidad de
la documentación presentada, sin perjuicio de que, en cualquier momento, se pueda
requerir al aspirante los documentos originales de esa documentación para su cotejo.
Cualquier diferencia entre el documento original y su copia conllevará la no validez del
mérito alegado, sin perjuicio de la posible responsabilidad que pueda derivar.
Méritos
1. EXPERIENCIA DOCENTE PREVIA

1.1. Por cada año de experiencia docente en
la especialidad del cuerpo a la que opta en
centros públicos.
La fracción de año se computará a razón de
0,0583 puntos por cada mes completo

1.2. Por cada año de experiencia docente en
otras especialidades del mismo cuerpo al que
se opta, en centros públicos.

Puntuac
ión

Documentación
justificativa

Máximo
7,0000
puntos

0,7000
puntos

Hoja de servicios expedida
por el órgano competente
de
la
Administración
educativa, en la que
deberá indicarse el cuerpo,
especialidad, así como la
fecha de toma de posesión
y cese.

0,3500
puntos

La fracción de año se computará a razón de
0,0291 puntos por cada mes completo.

BOCM-20221118-2

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