B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221118-2)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 11 de noviembre de 2022, del Director General de Recursos Humanos, por la que se convocan los procedimientos selectivos de ingreso, por el sistema excepcional de Concurso de Méritos, en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Música y Artes Escénicas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Profesores Especialistas en Sectores singulares de Formación Profesional a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 275

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2022

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I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
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RESOLUCIÓN de 11 de noviembre de 2022, del Director General de Recursos
Humanos, por la que se convocan los procedimientos selectivos de ingreso, por
el sistema excepcional de Concurso de Méritos, en los Cuerpos de Profesores de
Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Música y Artes Escénicas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Profesores Especialistas en Sectores singulares de Formación Profesional a plazas del ámbito de gestión de la
Administración de la Comunidad de Madrid.

El Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de
ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se
refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley ha
sido modificado por el Real Decreto 270/2022, de 12 de abril. En su disposición transitoria
quinta se determina la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de
larga duración a que se refieren las disposiciones adicionales sexta y octava de la
Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
En el apartado 1 de esta misma disposición se establece, de acuerdo con lo previsto por
las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, así como por el
artículo 61.6 y 7 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que el concurso excepcional de estabilización de empleo temporal de las plazas correspondientes a los cuerpos de
la función pública docente, estará constituido por un concurso de méritos. El ámbito de las
plazas que pueden ser incluidas en la convocatoria excepcional a que se refiere la aludida
disposición transitoria quinta del Real Decreto 276/2007, será el definido por las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
El artículo 143 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, prevé la posibilidad de que las Administraciones cooperen al servicio del interés general, pudiendo acordar de manera voluntaria la forma de ejercer sus respectivas
competencias que mejor sirva a dicho principio de las relaciones interadministrativas, a
través de la formalización de relaciones de cooperación en acuerdos de órganos de tal clase que requerirán la aceptación expresa de las partes. El artículo 144 de la citada norma
establece la posibilidad de dar cumplimiento al referido principio de acuerdo con las técnicas que las Administraciones interesadas estimen más adecuadas, entre las que se encuentra la cooperación interadministrativa para la aplicación coordinada de la normativa
reguladora de una determinada materia, art. 144.1 e), exigiendo para estos supuestos la
aceptación expresa de las partes, formulada en acuerdos de órganos de cooperación, singularmente, el acuerdo de Conferencia Sectorial, previsto en el artículo 151.2 a) del mismo cuerpo legal.
En su virtud, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y las Administraciones educativas de Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears, Cantabria, Castilla y León, Castilla la Mancha, Extremadura, La Rioja, Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, Comunidad Valenciana, Ciudad Autónoma de Ceuta y Ciudad
Autónoma de Melilla han adoptado el acuerdo de la Conferencia de Educación de 2 de noviembre de 2022 por el que se materializa la cooperación interadministrativa para la aplicación coordinada de la normativa reguladora del concurso excepcional de méritos previsto en la disposición transitoria quinta del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el
que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades

BOCM-20221118-2

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