C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221118-25)
Bases ayudas –  Orden de 27 de octubre de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a las empresas del Sector Comercio que tengan la consideración de Pyme y a las asociaciones de comerciantes de la Comunidad de Madrid para apoyar e impulsar la competitividad y modernización a través de la transformación digital y sostenible en el comercio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Nextgeneration EU, y se realiza la convocatoria para el año 2022
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 275

6.- Documentación requerida:
Documentos que se aportan junto a la solicitud
Estatutos de la Entidad solicitante.

†

Documento acreditativo de la inscripción o, en su caso, solicitud de inscripción para Asociaciones,
Federaciones o Confederaciones de nueva constitución, en el Registro correspondiente.

†

Acuerdo de los órganos competentes de la Asociación, Federación o Confederación por el que se decide
solicitar la ayuda.

†

Certificado acreditativo del número de socios de la entidad solicitante.

†

Anexo V Declaraciones Responsables.

†

Certificado acreditativo de la capacidad de financiación del proyecto.

†

Anexo III B. Memoria descriptiva y justificativa de la actuación subvencionada.

†

Presupuesto desglosado de los gastos de la actuación, indicando que los impuestos están excluidos, y/o
facturas proforma debidamente relacionadas y numeradas.

†

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos (*):
Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa
aplicable)
(*) Puede oponerse a la consulta por motivos que deberá justificar. En este caso, deberá aportar la documentación a cuya consulta se opone
(artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Todo ello sin
perjuicio de la potestad de verificación de la Administración.

□ Me opongo a la consulta de los siguientes datos por los motivos que se expresan a continuación:

7.- Datos tributarios:
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes
documentos si lo autoriza expresamente. De lo contrario, deberá aportarlos al procedimiento.
Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria
(AEAT)(*)

Autorizo
la
consulta

No autorizo la
consulta y aporto
el documento

{

{

(*) En la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable.

Modelo: 3368 F2

BOCM-20221118-25

El certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad de Madrid se solicitará de oficio por el órgano gestor (artículo 29.5 de la Ley 9/1990,
de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid)