C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221118-25)
Bases ayudas –  Orden de 27 de octubre de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a las empresas del Sector Comercio que tengan la consideración de Pyme y a las asociaciones de comerciantes de la Comunidad de Madrid para apoyar e impulsar la competitividad y modernización a través de la transformación digital y sostenible en el comercio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Nextgeneration EU, y se realiza la convocatoria para el año 2022
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 275

6.- Documentación requerida:
Documentos que se aportan junto a la solicitud
Anexo III A (Memoria justificativa del proyecto de las acciones para las que solicita la subvención)
cumplimentado y firmado por la persona interesada o por el representante legal de la Entidad.
Anexo V (Declaraciones Responsables) cumplimentado y firmado por la persona interesada o por el
representante legal de la Entidad.
En su caso, documentación válida en derecho que acredite la representación.
Presupuestos o facturas proforma, así como una relación de las mismas con indicación del proveedor,
concepto, importe sin IVA e importe total.
Certificado del Plan de Prevención de Riesgos Laborales vigente o, en caso de estar exento o disponer de
un servicio propio para la ejecución del mismo , declaración responsable conforme al Anexo VI.
Certificado de Situación en el Censo de Actividades Económicas de la AEAT donde figure el alta, en el
correspondiente epígrafe en el establecimiento donde se localice la actuación subvencionable.
En el caso de comercio ambulante, declaración responsable sobre los mercadillos en los que participa con
carácter habitual o las rutas de comercio itinerante en vehículos-tienda que realiza.
Informe de Trabajadores en Alta de la Seguridad Social (ITA).
En caso de trabajadores autónomos, recibo del pago de la cuota del régimen del mes anterior a la
convocatoria.
Justificante del pago sobre el Impuesto de Actividades Económicas de cada uno de los establecimientos
titularidad del solicitante o, en su caso, declaración responsable de estar exento de dicho pago.
En el caso de personas jurídicas, Impuesto de Sociedades del último ejercicio liquidado, excepto empresas
de nueva creación, que deberán presentar estimación de los ingresos previstos para el ejercicio en el que
se solicita la subvención.
En su caso, si en el establecimiento se ejercen de forma simultánea varias actividades, se deberá presentar
documentación acreditativa de la cifra de negocio o de ventas de las distintas actividades económicas , con
objeto de acreditar que la actividad principal es subvencionable conforme a CNAE-2009.













La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos
(*):
Tarjeta de identificación fiscal de la entidad o DNI/NIE del interesado
DNI/NIE de la persona que suscribe la solicitud en representación del interesado
Certificado de estar al corriente de pago con la SS (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable)
(*) Puede oponerse a la consulta por motivos que deberá justificar. En este caso, deberá aportar la documentación a cuya consulta se opone
(artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Todo ello sin
perjuicio de la potestad de verificación de la Administración.

□ Me opongo a la consulta de los siguientes datos por los motivos que se expresan a continuación:

7.- Datos tributarios:

Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración
Tributaria (AEAT)(*)

Autorizo la
consulta

{

No autorizo
la consulta y
aporto el
documento

{

(*) En la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable.
El certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad de Madrid se solicitará de oficio por el órgano competente para la concesión de
la subvención (artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid)

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Modelo: 3368 F1

BOCM-20221118-25

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de
los siguientes documentos si lo autoriza expresamente. De lo contrario,
deberá aportarlos al procedimiento.