B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20221118-16)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 11 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la pérdida de derechos derivados del cupo de discapacidad de aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Celador del Servicio Madrileño de Salud
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 275

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2022

Pág. 157

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
16

RESOLUCIÓN de 11 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la
que se procede a declarar la pérdida de derechos derivados del cupo de discapacidad de aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para el acceso a la
condición de personal estatutario fijo en la categoría de Celador del Servicio
Madrileño de Salud.

RESUELVE
Primero
Declarar la pérdida de los derechos derivados de su participación en el cupo de discapacidad de doña María José Jurado Pareja, con NIF ***9727**, por no presentar certificación actualizada del grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, establecido en la
convocatoria de estas pruebas selectivas.

BOCM-20221118-16

Por Resolución de 15 de junio de 2018, la Dirección General de Recursos Humanos y
Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud convocó pruebas selectivas por el
turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Celador del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 29 de junio).
En la base 2.1.h) de la convocatoria se establece como requisito “Quienes concurran
por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán tener reconocida una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, con efectos del último día del plazo de
presentación de solicitudes”, indicándose en la base 2.2 que “Los requisitos establecidos en
esta base segunda deberán poseerse el último día del plazo de presentación de solicitudes,
y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión de
la plaza adjudicada”.
Doña María José Jurado Pareja, con NIF ***9727**, presentó solicitud en estas pruebas selectivas por el cupo de discapacidad, obteniendo derecho a plaza por este cupo una
vez realizada la fase de oposición y de concurso establecidos en la convocatoria.
Por Resolución de 5 de octubre de 2022, de esta Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, se fijó la fecha y el procedimiento a seguir para la elección
de plazas por los aspirantes que hubiesen superado las mencionadas pruebas selectivas, publicándose la relación de plazas ofertadas y determinando la entrega de la documentación
acreditativa (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de 17 de octubre), habilitándose un plazo de diez días hábiles para la elección de plaza y la remisión de la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos indicados en la base novena de la convocatoria de este proceso selectivo.
La base novena de la convocatoria en su apartado cuarto establece “Quienes, dentro
del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base
segunda, la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio
Madrileño de Salud dictará Resolución motivada en la que se declare la pérdida de los derechos que pudieran derivarse de su participación en las pruebas selectivas”.
Comprobada la documentación establecida en la base novena de la convocatoria y en
la Resolución de 5 de octubre de 2022, se verifica que doña María José Jurado Pareja, con
NIF ***9727**, no presenta certificación actualizada del grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.
Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección General, en virtud de las competencias
que tiene atribuidas en el Decreto 2/2022, de 26 de enero, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud,