D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221117-29)
Convenio –  Convenio interadministrativo de 26 de agosto de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Alcorcón, para la prevención y control del absentismo escolar
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 274

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE NOVIEMBRE DE 2022

Pág. 365

sencadenante de problemas en el período escolar y de dificultades posteriores para la inserción profesional incrementando así también el riesgo de desarraigo social y de marginación.
Este Programa Marco pretende establecer y dinamizar el proceso mediante el cual se
faciliten respuestas globalizadas e interinstitucionales a esta problemática y que irremediablemente han de estar asociadas al ejercicio del derecho a la educación y al principio de
igualdad de oportunidades, garantizando la continuidad y regularización de la escolarización obligatoria a través de tres vías: prevención, detección e intervención.
Las acciones aquí planteadas se extienden desde aquellas que pueden ser adoptadas
por instancias educativas, hasta aquellas otras que requieren de la participación y colaboración de otras instituciones con las que el sistema educativo comparte la responsabilidad de
velar por los derechos de los menores.
OBJETIVOS DEL PROGRAMA MARCO DE PREVENCIÓN
Y CONTROL DEL ABSENTISMO ESCOLAR
General:
— Garantizar la asistencia regular del alumnado a los centros educativos, en las
etapas de escolarización obligatoria, así como con carácter preventivo, en el
segundo ciclo de Educación Infantil en centros sostenidos con fondos públicos.
Específicos:
— Contribuir al control efectivo de la asistencia a clase de todo el alumnado.
— Implicar a las familias en el seguimiento de la formación de sus hijos y en especial
de la asistencia regular a las actividades del centro educativo.
— Realizar una pronta detección del absentismo escolar en el período de escolarización obligatoria con objeto de prevenir posibles situaciones de abandono y de fracaso escolar.
— Realizar el seguimiento del alumnado con riesgo de absentismo debido a su problemática personal, familiar y/o social y especialmente en familias perceptoras de
prestación económica de renta mínima de inserción.
— Establecer procedimientos de colaboración y coordinación interinstitucional en
las actuaciones para detectar, prevenir o intervenir en el absentismo escolar, a través del Plan de Actuación Anual.
ACTUACIONES PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL
DEL ABSENTISMO ESCOLAR
Los centros docentes elaborarán sus normas de organización y funcionamiento, que
deberán incluir aquellas que garanticen el control de la asistencia regular del alumnado a
los mismos.
1.1. Medidas preventivas: recogidas en el Proyecto Educativo del Centro (Programación General Anual, Plan de Acción Tutorial, Plan de Convivencia, Reglamento de Régimen Interior).
1.2. Medidas de detección y control: el centro educativo deberá reflejar en su Reglamento de Régimen Interior el procedimiento que se debe seguir para controlar las faltas de
asistencia y puntualidad de sus alumnos, así como las actuaciones que se realizarán con estos
y sus familias.
1.3. Medidas de Intervención: Cada centro educativo establecerá las medidas de
intervención ajustadas a los casos de absentismo que se detecten.
1.4. Comisión de absentismo del centro: Conforme a la cláusula tercera del convenio de
colaboración firmado entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Alcorcón, en cada
centro educativo sostenido con fondos públicos, se constituirá una Comisión de absentismo.
Dicha Comisión dispondrá de autonomía para determinar aspectos de organización y
funcionamiento y tendrá los siguientes objetivos y funciones:
Objetivos:
— Promover medidas para la prevención e intervención dirigidas a los alumnos
absentistas, que se recogerán en el Plan de Acción Tutorial y en el Plan de Convivencia del centro.
— Evaluar la situación de absentismo en el centro, sus causas y la eficacia de las
medidas aplicadas en relación con el mismo.

BOCM-20221117-29

Actuaciones en los centros educativos