D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20221117-39)
Convenio –  Convenio específico de 26 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Aladina, para la reforma de una Sala de Padres en la Unidad de Neonatos ubicada en la planta 0 del Hospital “Universitario Infanta Cristina”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 274

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE NOVIEMBRE DE 2022

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de protección de datos personales desarrolladas en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
y en el Real Decreto-Ley 14/2019 de 31 de octubre, relativo a las medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones.
Tercera
Financiación
La ejecución del presente convenio no generará obligaciones económicas para la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, ni para el Servicio Madrileño de
Salud.
La Fundación facilitará los recursos necesarios para llevar a cabo la reforma de la Sala
de Padres en la Unidad de Neonatos del Hospital Universitario “Infanta Cristina”, mediante las acciones previstas en el Anexo I y cuyo coste se estima en 3.751 euros IVA incluido.
Cuarta
Titularidad de resultados de la actividad
La titularidad de los materiales, resultados o derechos que pudieran derivarse de la actividad desarrollada corresponderá al Servicio Madrileño de Salud para su uso por el hospital.
Quinta
Comisión mixta de seguimiento
Para el desarrollo del presente convenio y la resolución de cuantas dudas y discrepancias puedan surgir en la interpretación y aplicación del mismo, se crea una comisión mixta
de seguimiento cuya composición será la siguiente:
— Un representante de la Consejería de Sanidad: el titular del órgano competente en
materia de despliegue de actuaciones que garanticen la humanización de la asistencia sanitaria o persona en quien delegue.
— Un representante del Servicio Madrileño de Salud: el titular del órgano competente en materia de infraestructuras sanitarias en el ámbito hospitalario o persona en
quien delegue
— Un representante de la Fundación Aladina: el titular de la presidencia de la Fundación, o persona en quien delegue.
Será Presidente de la comisión mixta de seguimiento, el titular del órgano competente en materia de infraestructuras sanitarias en el ámbito hospitalario o persona en
quien delegue.
Actuará como Secretario un Técnico de Apoyo de Servicio Madrileño de Salud, que
ostentará derecho de voz pero sin voto y que será nombrado por el Director General de Hospitales e Infraestructuras Sanitarias.
Serán funciones de la citada comisión:

La comisión se constituirá en los dos primeros meses a partir de la firma del convenio.
Se reunirá con carácter ordinario al menos una vez durante la vigencia del convenio y con
carácter extraordinario, cuando lo solicite cualquiera de las partes, comunicando previamente los asuntos a tratar.
El funcionamiento de la comisión se regulará por lo establecido en esta cláusula y de
manera supletoria, en lo previsto en la sección 3 del capítulo II del título preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público para el funcionamiento de los órganos colegiados.
A la comisión de seguimiento podrán ser convocadas las personas expertas que la naturaleza de los asuntos a tratar así lo requiera, quienes actuarán con voz pero sin voto.

BOCM-20221117-39

— Estudiar las propuestas de actuaciones.
— Velar por el buen desarrollo de todas y cada una de las actividades llevadas a cabo
de acuerdo con el objeto del convenio, así como su seguimiento y evaluación.
— Resolver cuantas dudas y discrepancias surjan en la interpretación y aplicación del
convenio.