D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221117-54)
Convenio – Convenio de 24 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Esgrima, para el desarrollo de la séptima edición del Programa “Institutos Promotores de la Actividad Física y el Deporte de la Comunidad de Madrid”, cofinanciado por la Unión Europea, NextGenerationEU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
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BOCM
Pág. 494
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 274
Dentro del Plan Social del Deporte, la promoción de la igualdad en el deporte está especialmente dirigida a la reducción de la desigualdad en este ámbito, en una clara acción
directa por la igualdad de género y de las personas con discapacidad en este ámbito, oportunidades, cohesión social y mejoras laborales en el sector con vocación de permanencia,
vinculada al deporte base, captación del talento, protección e integración de los jóvenes y
los colectivos en riesgo de exclusión en el deporte.
Se proyectan diversas acciones para aumentar la presencia y visibilidad de las mujeres
en el ámbito deportivo, así como la promoción de la inclusión e igualdad de las personas
con discapacidad en el deporte.
El objetivo perseguido con la distribución territorial de créditos es promover la igualdad de género y la inclusión de personas con discapacidad. Se perfilan tres áreas básicas de
actuación pública en cada uno de los ejes: promoción, formación y sensibilización. La
transferencia de los fondos se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en el artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. El plazo de ejecución de las actividades previstas a ejecutar con cargo a estos créditos deberá de estar finalizado antes del 30 de septiembre de 2023.
A través del Programa IPAFD se aborda tanto la igualdad de género como la inclusión
de personas con discapacidad con el consiguiente desarrollo estructural del programa como
así consta en el apartado cuarto de la citada Orden de 5 de mayo de 2022.
VI. Que en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid existe dotación
económica en el subconcepto 22802 con el fin de suscribir los convenios necesarios para la
promoción del deporte, entre otros, en los centros educativos.
Dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de las instituciones firmantes, dentro de los respectivos marcos competenciales de cada una de ellas, con el objetivo de establecer un instrumento de colaboración para el desarrollo de la séptima edición del programa Institutos Promotores de la Actividad Física y el Deporte y en virtud de todo lo
anteriormente expuesto, es por lo que ambas partes acuerdan la formalización del presente
convenio conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
Es objeto del presente convenio regular la colaboración entre la Comunidad de Madrid
y la Federación Madrileña de Esgrima (en adelante, la Federación) para el desarrollo de la
modalidad de esgrima en la séptima edición del programa “Institutos Promotores de la Actividad Física y el Deporte”, que se desarrollará desde la firma del presente convenio y que
se extenderá hasta la finalización del curso escolar 2022/2023.
Segunda
La Comunidad de Madrid se obliga a realizar todas las actuaciones que para el correcto desarrollo del Programa han sido establecidas en la Orden de 5 de mayo de 2022, conjunta de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, por la que se aprueba la séptima edición del Programa
“Institutos Promotores de la Actividad Física y el Deporte de la Comunidad de Madrid”,
entre ellas:
— Valoración de la documentación aportada por los centros para poder participar en
el Programa.
— Selección de los centros participantes en el Programa.
— Elaboración y planificación del calendario de actuaciones que permita el desarrollo, seguimiento y evaluación del programa.
— Realizar reuniones de coordinación e información con los colectivos implicados.
— Informar a la comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio de las decisiones tomadas para el desarrollo del Programa y de las incidencias y memorias recibidas a lo largo del curso.
— Garantizar la cobertura de riesgos a los participantes mediante la suscripción del
seguro obligatorio deportivo.
— Recepción y tramitación de cuantas reclamaciones se pudieran producir.
BOCM-20221117-54
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
Pág. 494
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 274
Dentro del Plan Social del Deporte, la promoción de la igualdad en el deporte está especialmente dirigida a la reducción de la desigualdad en este ámbito, en una clara acción
directa por la igualdad de género y de las personas con discapacidad en este ámbito, oportunidades, cohesión social y mejoras laborales en el sector con vocación de permanencia,
vinculada al deporte base, captación del talento, protección e integración de los jóvenes y
los colectivos en riesgo de exclusión en el deporte.
Se proyectan diversas acciones para aumentar la presencia y visibilidad de las mujeres
en el ámbito deportivo, así como la promoción de la inclusión e igualdad de las personas
con discapacidad en el deporte.
El objetivo perseguido con la distribución territorial de créditos es promover la igualdad de género y la inclusión de personas con discapacidad. Se perfilan tres áreas básicas de
actuación pública en cada uno de los ejes: promoción, formación y sensibilización. La
transferencia de los fondos se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en el artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. El plazo de ejecución de las actividades previstas a ejecutar con cargo a estos créditos deberá de estar finalizado antes del 30 de septiembre de 2023.
A través del Programa IPAFD se aborda tanto la igualdad de género como la inclusión
de personas con discapacidad con el consiguiente desarrollo estructural del programa como
así consta en el apartado cuarto de la citada Orden de 5 de mayo de 2022.
VI. Que en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid existe dotación
económica en el subconcepto 22802 con el fin de suscribir los convenios necesarios para la
promoción del deporte, entre otros, en los centros educativos.
Dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de las instituciones firmantes, dentro de los respectivos marcos competenciales de cada una de ellas, con el objetivo de establecer un instrumento de colaboración para el desarrollo de la séptima edición del programa Institutos Promotores de la Actividad Física y el Deporte y en virtud de todo lo
anteriormente expuesto, es por lo que ambas partes acuerdan la formalización del presente
convenio conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
Es objeto del presente convenio regular la colaboración entre la Comunidad de Madrid
y la Federación Madrileña de Esgrima (en adelante, la Federación) para el desarrollo de la
modalidad de esgrima en la séptima edición del programa “Institutos Promotores de la Actividad Física y el Deporte”, que se desarrollará desde la firma del presente convenio y que
se extenderá hasta la finalización del curso escolar 2022/2023.
Segunda
La Comunidad de Madrid se obliga a realizar todas las actuaciones que para el correcto desarrollo del Programa han sido establecidas en la Orden de 5 de mayo de 2022, conjunta de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, por la que se aprueba la séptima edición del Programa
“Institutos Promotores de la Actividad Física y el Deporte de la Comunidad de Madrid”,
entre ellas:
— Valoración de la documentación aportada por los centros para poder participar en
el Programa.
— Selección de los centros participantes en el Programa.
— Elaboración y planificación del calendario de actuaciones que permita el desarrollo, seguimiento y evaluación del programa.
— Realizar reuniones de coordinación e información con los colectivos implicados.
— Informar a la comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio de las decisiones tomadas para el desarrollo del Programa y de las incidencias y memorias recibidas a lo largo del curso.
— Garantizar la cobertura de riesgos a los participantes mediante la suscripción del
seguro obligatorio deportivo.
— Recepción y tramitación de cuantas reclamaciones se pudieran producir.
BOCM-20221117-54
Obligaciones de la Comunidad de Madrid