Fuenlabrada (BOCM-20221117-78)
Contratación. Patronato Municipal de Cultura. Licitación espacios escénicos
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 274

5.3. Plazo de solicitud: quince días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
5.4. La solicitud deberá tramitarse a través de la página web del Ayuntamiento de
Fuenlabrada o deberá ser entregada y registrada en el Patronato Municipal de Cultura (calle Leganés, número 51), de lunes a viernes: de 09:30 a 13:30 horas.
5.5. No se admitirá el registro de más de una solicitud por persona y entidad para un
mismo trimestre.
5.6. El registro de la solicitud no implica necesariamente la autorización del uso del
espacio.
6. Normas de concesión:
6.1. Se establecerá una fecha para proceder en acto público que se realizará en el
Teatro “Tomás y Valiente” (calle Leganés, número 51), a la extracción de una letra del alfabeto que marcará el orden de prioridad de las solicitudes registradas para el uso esporádico de los espacios.
6.2. Para establecer este orden, se tendrá en cuenta el nombre específico de la entidad, desestimando los genéricos y los artículos. Ejemplo: de Asociación Cultural de Teatro
“El Ambigú”, se tendrá en cuenta la primera letra de la palabra “Ambigú”.
6.3. En caso de coincidir el nombre específico en su totalidad (por ejemplo, entre el
AMPA del CEIP “Gloria Fuertes” y el CEIP “Gloria Fuertes”), se tendrá en cuenta la fecha
y si es necesario la hora de registro.
6.4. Se asignarán en primer lugar, siguiendo el orden establecido en el sorteo, las solicitudes para actividades de teatro, música o danza.
6.5. Las fechas sobrantes se adjudicarán, siguiendo el orden establecido en el sorteo,
a peticiones que no se correspondan con actividades de teatro, música o danza.
6.6. No se concederá más de un día a una entidad por cada actividad.
6.7. Se levantará acta de dicho sorteo.
6.8. El director-gerente del Patronato Municipal de Cultura, a la vista del acta, elevará a la vicepresidenta del Patronato un informe sobre la concesión provisional del uso esporádico de los espacios escénicos a las asociaciones y entidades solicitantes.
6.9. A la vista del informe del director-gerente, la vicepresidenta del Patronato Municipal de Cultura resolverá la concesión provisional.
6.10. Dicha concesión provisional será publicada en el tablón de anuncios del Patronato Municipal de Cultura de Fuenlabrada y en la página web municipal, que dispondrán
de un plazo de 4 días hábiles para presentar alegaciones.
6.11. Una vez examinadas las posibles alegaciones, la resolución de concesión definitiva se publicará en el tablón de anuncios del Patronato Municipal de Cultura de Fuenlabrada y en la página web municipal.
6.12. En el caso de que, por alguna razón justificada, tuviera que suspenderse una actividad ya programada, el Patronato Municipal de Cultura ofrecerá a la entidad, siempre que
haya disponibilidad en alguno de los espacios incluidos en esta convocatoria, una fecha alternativa para su realización.
7. Publicación de la concesión.—En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno,
las subvenciones y ayudas públicas concedidas con indicación de su importe, objetivo o finalidad y beneficiarios, será publicada en el tablón de anuncios del Patronato Municipal de
Cultura de Fuenlabrada y en la página web municipal.
8. Condiciones de autorización de uso:
8.1. La autorización de uso de los espacios escénicos objeto de esta Convocatoria
será con carácter gratuito, por lo que la entidad organizadora del acto no podrá cobrar ningún tipo de importe por ningún concepto derivado de la actividad que realice con motivo
de dicha autorización. Asimismo, el acto no podrá tener ningún fin comercial ni lucrativo.
8.2. Es imprescindible el adecuado cumplimiento del horario establecido y que el
acto se corresponda estrictamente al definido en la solicitud.
8.5. El público asistente no ha de superar en ningún caso el aforo del espacio, por lo
que los responsables deberán establecer un sistema para controlar el acceso a la sala.
8.6. Por razones de seguridad, no se podrán ocupar con carritos ni ningún otro objeto los pasillos de evacuación del patio de butacas.
8.7. Las asociaciones y entidades beneficiarias estarán obligadas:
— A la conservación diligente de los espacios y en general de todo el inmueble, así
como del mobiliario, respondiendo de los daños que puedan ocasionar sus miem-

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