Coslada (BOCM-20221117-77)
Otros anuncios. Convenio colaboración
<< 2 << Página 2
Página 3 Pág. 3
-
3 páginas totales
Página
Pág. 578

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 274

4.2. Realizar la campaña de captación de participantes a través de los servicios de
apoyo al empleo y/o el emprendimiento, agencias u otros organismos municipales, provinciales o autonómicos relacionados. Dicha campaña se materializará en el envío de información detallada y precisa a los/as usuarios/as de sus servicios de empleo por correo electrónico y/o por mensaje de texto, además de la publicación en la página web del Ayuntamiento
de Coslada y sus redes sociales, contribuyendo a que el cómputo global de solicitantes sea
de, al menos, un centenar de personas inscritas para empezar la selección de participantes.
Cuando el número de inscripciones sobrepase las 300, la Fundación Santa María la Real podrá cerrar el plazo de inscripción. En este caso, todas las inscripciones que se realicen a partir de ese momento pasarán a la lista de espera.
4.3. Aceptar la metodología de la Lanzadera Conecta Empleo y a facilitar las acciones de gestión y supervisión durante el desarrollo de los proyectos acordados.
4.4. Autorizará la coordinación general del proyecto a la Fundación Santa María la
Real, informando a sus trabajadores/as que por su actividad habitual tengan interés en el proyecto, y en todo caso, a los/as técnicos/as y responsables del Área de Empleo o similares.
4.5. Se compromete a poner a disposición del proyecto, bien a través de medios propios, bien a través de acuerdos con terceros, un espacio para la realización de las sesiones grupales que debe estar disponible la duración de la intervención del proyecto, al menos 3 días a
la semana y 4 horas al día en horario de mañana y que cumplirá los siguientes requisitos:
— Al menos 40 m2.
— Conexión a internet por wifi y/o cable para que se puedan conectar a la vez al menos 10 equipos informáticos.
— Al menos 10 equipos informáticos, operativos, actualizados y con conexión a Internet y de uso exclusivo por el proyecto durante las horas de sesiones grupales.
— Pizarra y/o rota folios.
— Proyector de uso exclusivo por el proyecto durante las horas de sesiones grupales.
— Armario con llave para guardar material de trabajo, la documentación con datos
sensibles, el ordenador, etc.
— Medios para realizar impresiones en blanco y negro.
Correrán por cuenta de la entidad los costes de luz, agua, calefacción, limpieza, Internet u otros gastos corrientes de los espacios cedidos.
La entidad garantizará la disponibilidad estable y continuada de este espacio, y en caso de
necesidad de cambio por causas justificadas y previamente informadas a la Fundación Santa
María la Real, buscará otros espacios alternativos, que cumplan con los requisitos y las condiciones solicitadas y que permitan el correcto desarrollo del proyecto. Los espacios designados
a tal efecto, siempre que sea posible, serán céntricos, de fácil acceso, a pie o en transporte público y accesible para personas con discapacidad, contarán con condiciones óptimas de ventilación, iluminación, temperatura, salubridad y accesibilidad para personas con discapacidad.
Se autorizará a la Fundación Santa María la Real a realizar una visita previa o durante el transcurso de la iniciativa, con el objeto de velar por el correcto cumplimiento de este compromiso.
4.6. Aceptará las normas impuestas por el financiador/es en relación a la comunicación, colectivos de prioridad o cualquier otra que se especifiquen.
4.7. El Ayuntamiento de Coslada se compromete a no realizar iniciativas con el
nombre o los signos distintivos de programa Lanzadera Conecta Empleo, que no estén amparadas por el presente Anexo, tanto por medios propios como a través de terceros, sin la
autorización de la Fundación Santa María la Real.
Quinta
Vigencia
5.1. El Programa Lanzadera Conecta Empleo tiene una duración de 7 meses, pudiéndose prorrogar mediante acuerdo de las partes.
5.2. Se podrá resolver el Anexo al Protocolo por imposibilidad sobrevenida que no
posibilite su continuidad.
Sexta
Entrada en vigor
El presente Anexo entrará en vigor el mismo día de la firma del representante de la última parte en firmar.
Coslada, a 31 de octubre de 2022.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.—La
Fundación Santa María la Real, José Luis Vélez Unquera, Álvaro Retortillo Osuna.
(02/21.228/22)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20221117-77

BOCM