D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221116-60)
Convenio –  Convenio de 24 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Bádminton, para el desarrollo de la séptima edición del Programa “Institutos Promotores de la Actividad Física y el Deporte de la Comunidad de Madrid”, cofinanciado por la Unión Europea-Next Generation EU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
12 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 440

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 273

Responsable es la Dirección General de Deportes de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y cuya finalidad es “Tramitación, ejecución y seguimiento de
convenios administrativos suscritos con otras Administraciones Públicas, organismos públicos, entidades de derecho público y universidades públicas o con sujetos de derecho privado, dentro del ámbito competencial de la Dirección General”.
Pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del tratamiento, dirigiendo una solicitud por Registro al Responsable del tratamiento, teniendo a su disposición el formulario https://tramita.comunidad.madrid/prestacion-social/ejercicio-derechos-proteccion-datos .
Disponen de información complementaria en el siguiente enlace: https://www.comunidad.madrid/protecciondedatos
— Información sobre el tratamiento de datos que realiza la Federación: gestionará los
datos personales del presente convenio, en cumplimiento de lo establecido en el
RGPD, con la única finalidad de dar cumplimiento al convenio, firmado en el estricto objetivo de los fines de la Federación, gestionar la relación con las administraciones firmantes del convenio. Dichos datos personales serán objeto de tratamiento cuyo responsable es la entidad Federación Madrileña de Bádminton, titular
del sitio web www.badmintonmadrid.es , con domicilio social en la avenida Salas
de los Infantes, número 1, primero, 28034 Madrid (España), y correo electrónico
secretaria@badmintonmadrid.es . Los datos personales tratados no serán objeto
de comunicación a terceros, salvo que resulte necesario para la prestación del
servicio, para el cumplimiento de una obligación legalmente establecida, o en caso
de que el interesado otorgue su consentimiento. El Responsable del Tratamiento
llevará a cabo un tratamiento de forma lícita, leal, transparente, adecuada, pertinente, limitada, exacta y actualizada. Es por ello que se garantiza la seguridad de
los datos mediante la adopción de medidas técnicas y organizativas que permitan
la integridad de los mismos y el ejercicio de los derechos que asisten a los interesados. En este sentido, los interesados podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, limitación de tratamiento, supresión, portabilidad y oposición al tratamiento de sus datos de carácter personal así como al consentimiento prestado para
el tratamiento de los mismos, dirigiendo su petición a la dirección postal indicada
más arriba o al correo electrónico secretaria@badmintonmadrid.es
Undécima

El presente convenio se halla excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017,
de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transpone al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE
y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo establecido en el artículo 6 del referido cuerpo legal, quedando sujeto a las normas imperativas de Derecho Público que regulan los convenios y, en concreto, a lo previsto en el capítulo VI del título preliminar de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
La posibilidad de su realización se halla contemplada en el artículo 21.3.d) de la
Ley 15/1994, de 28 de diciembre, estando la actividad a desarrollar dentro de las que establece el artículo 6 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, y actuando conforme lo
establecido en el artículo 33.2 de la citada Ley.
En la medida de que estos proyectos se enmarcan en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, será de aplicación lo establecido Real Decreto-Ley 36/2020, de 30
de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la administración pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Orden HFP/1031/2021,
de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información
a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable
de las medidas de los REVs del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Asimismo, resulta aplicable lo previsto en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 y en el Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 y su normativa de desarrollo, así
como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de

BOCM-20221116-60

Régimen jurídico y jurisdicción