Boadilla del Monte (BOCM-20221115-59)
Personal. Nombramiento
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 272

MARTES 15 DE NOVIEMBRE DE 2022

Pág. 295

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
59

BOADILLA DEL MONTE
PERSONAL

Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras número 5196/2022, de fecha 3 de noviembre, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:
“1.o Aceptar la propuesta efectuada por el Tribunal Calificador, en sesión de fecha 24
de octubre de 2022, y, en consecuencia, nombrar funcionario en prácticas, en la categoría
de inspector del Cuerpo de Policía Local de Boadilla del Monte, perteneciente a una plaza
encuadrada en la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase
Policía Local, escala Ejecutiva, grupo A, subgrupo A2, al siguiente aspirante:

1

APELLIDOS Y NOMBRE
SERRANO PEREZ, JESUS

DNI
***4121**

2.o El aspirante deberá tomar posesión como funcionario en prácticas en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente nombramiento en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
3.o Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital y en su página web municipal
( http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org ).
4.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas,
puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si
transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su
interposición).
En el caso de desestimación presunta del recurso de reposición, la interposición del recurso contencioso-administrativo no está sujeta al plazo de caducidad previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de acuerdo con la Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional 52/2014, de 10
de abril de 2014.

BOCM-20221115-59

N.º ORDEN