Valdemoro (BOCM-20221115-79)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 272
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 319
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
79
VALDEMORO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Se publica íntegro para general conocimiento la siguiente resolución de la AlcaldíaPresidencia del Ayuntamiento de Valdemoro:
A) Decreto 3827/2022, de 2 de noviembre, que dice literalmente:
BOCM-20221115-79
“Por decreto 2358/2022, de 16 de junio, esta Alcaldía efectuó ciertas delegaciones de
las competencias en concejales de la Corporación, todo ello al amparo de lo previsto en el
artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así
como de los artículos 43, 44, y 45 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986,
de 28 de noviembre.
Concretamente, a doña María Nieves Pérez Couso, le fue conferido con la denominación concejala-delegada de Educación, Cultura, Juventud, Deportes, Igualdad y Salud, delegación genérica para dirigir y gestionar los servicios correspondientes a las materias delegadas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los órganos superiores podrán avocar para sí
el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por
delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole
técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.
Por ausencia de la concejala María Nieves Nieves Pérez Couso y hasta tanto se reincorpore al Ayuntamiento, resulta preciso avocar las competencias delegadas por esta Alcaldía en la concejala doña María Nieves Pérez Couso durante dicho período.
En atención a lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el precepto anteriormente transcrito, resuelvo:
Primero.—Avocar las competencias que en las materias de Educación, Cultura, Juventud, Deportes, Igualdad y Salud se encuentran delegadas en la concejala doña María Nieves Pérez Couso, en virtud del decreto 2358/2022, de 16 de junio, durante su ausencia hasta tanto se reincorpore al Ayuntamiento.
Por tanto, recobra esta Alcaldía las atribuciones, procediéndose a dictar las resoluciones que procedan por el alcalde.
Segundo.—Notificar la presente resolución a los interesados con indicación de los recursos que procedan contra la misma.
Tercero.—Remitir dicha resolución al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID para su publicación en el mismo, así como publicar la misma en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal, sin perjuicio de su efectividad desde
el día de la firma de la resolución por Alcaldía.
Cuarto.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento a efectos de
que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4
en relación con el 38.d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales”.
Valdemoro, a 3 de noviembre de 2022.—El alcalde-presidente, Sergio Parra Perales.
(03/21.334/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 272
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 319
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
79
VALDEMORO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Se publica íntegro para general conocimiento la siguiente resolución de la AlcaldíaPresidencia del Ayuntamiento de Valdemoro:
A) Decreto 3827/2022, de 2 de noviembre, que dice literalmente:
BOCM-20221115-79
“Por decreto 2358/2022, de 16 de junio, esta Alcaldía efectuó ciertas delegaciones de
las competencias en concejales de la Corporación, todo ello al amparo de lo previsto en el
artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así
como de los artículos 43, 44, y 45 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986,
de 28 de noviembre.
Concretamente, a doña María Nieves Pérez Couso, le fue conferido con la denominación concejala-delegada de Educación, Cultura, Juventud, Deportes, Igualdad y Salud, delegación genérica para dirigir y gestionar los servicios correspondientes a las materias delegadas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los órganos superiores podrán avocar para sí
el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por
delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole
técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.
Por ausencia de la concejala María Nieves Nieves Pérez Couso y hasta tanto se reincorpore al Ayuntamiento, resulta preciso avocar las competencias delegadas por esta Alcaldía en la concejala doña María Nieves Pérez Couso durante dicho período.
En atención a lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el precepto anteriormente transcrito, resuelvo:
Primero.—Avocar las competencias que en las materias de Educación, Cultura, Juventud, Deportes, Igualdad y Salud se encuentran delegadas en la concejala doña María Nieves Pérez Couso, en virtud del decreto 2358/2022, de 16 de junio, durante su ausencia hasta tanto se reincorpore al Ayuntamiento.
Por tanto, recobra esta Alcaldía las atribuciones, procediéndose a dictar las resoluciones que procedan por el alcalde.
Segundo.—Notificar la presente resolución a los interesados con indicación de los recursos que procedan contra la misma.
Tercero.—Remitir dicha resolución al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID para su publicación en el mismo, así como publicar la misma en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal, sin perjuicio de su efectividad desde
el día de la firma de la resolución por Alcaldía.
Cuarto.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento a efectos de
que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4
en relación con el 38.d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales”.
Valdemoro, a 3 de noviembre de 2022.—El alcalde-presidente, Sergio Parra Perales.
(03/21.334/22)
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ISSN 1989-4791