B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - HOSPITAL UNIVERSITARIO “RAMÓN Y CAJAL” (BOCM-20221115-10)
Convocatoria puesto –  Resolución de 19 de octubre de 2022, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario “Ramón y Cajal” ,del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca un puesto de Jefe de Sección de Pediatría y sus Áreas Específicas (Enfermedades Metabólicas) en este centro asistencial para su cobertura mediante nombramiento provisional
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 272

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE NOVIEMBRE DE 2022

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2. Requisito de titulación: estar en posesión del título de Licenciado o Doctor en
Medicina y Cirugía, y del título de Especialista en Pediatría y sus Áreas Específicas, expedido, homologado y convalidado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
3. Requisito de experiencia profesional: haber desempeñado plaza de la especialidad
a la que concurra en instituciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud o plaza en
Hospitales con programas acreditados para la docencia por la Comisión Nacional de la
Especialidad o en Centro extranjero con programa reconocido para la docencia de postgraduados en la especialidad correspondiente, por un período mínimo de tres años.
A efectos del cómputo del tiempo, se sumarán los períodos de desempeño de plaza en
diferentes Servicios y Hospitales. En el caso de que se superpongan períodos de servicios
prestados, sólo se computará uno de ellos.
Segunda
Procedimiento de selección
1. El procedimiento de selección constará de dos fases:
a) Valoración de los méritos relativos al historial profesional de los aspirantes; entre
estos deberá valorarse la experiencia previa en funciones asistenciales de la misma especialidad.
b) Valoración de un Proyecto Técnico de Gestión de la Sección, en que se valorará
especialmente el diseño de una Sección del Servicio de Pediatría y sus Áreas Específicas (Enfermedades Metabólicas) con identidad propia, así como su interrelación con todos los demás servicios hospitalarios.
2. Los aspirantes, previa convocatoria, defenderán en sesión pública su historial
profesional y el Proyecto Técnico de Gestión de la Sección, pudiendo la Comisión de
Selección efectuar a los aspirantes cuantas preguntas estime oportunas relativas a su historial profesional y al Proyecto Técnico de Gestión presentado.
3. La valoración de los méritos y del Proyecto Técnico se realizará conforme a lo
establecido en el Anexo I de la presente convocatoria.

Cuarta
Documentación a aportar junto a la solicitud
Junto a la solicitud, los aspirantes deberán aportar, inexcusablemente, los siguientes
documentos:
a) Copia del documento nacional de identidad, o documento acreditativo de la identidad.
b) Copia del título de especialista de la plaza a concursar.
c) Copia del nombramiento de la plaza que se desea acreditar.
d) Certificación original acreditativa del tiempo de servicios prestados como Facultativo en la especialidad que se convoca.
e) Historial profesional donde conste la trayectoria de la actividad asistencial recogida
en Anexo I.
f) Proyecto Técnico de Gestión de la Sección.
g) En aplicación de lo dispuesto en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4
de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia,
deberán presentar Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, acreditativo de que no han sido condenados mediante sentencia firme por
cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexual, así como por cualquier delito de trata de seres humanos.

BOCM-20221115-10

Tercera
Solicitudes
1. La solicitud para poder participar en la presente convocatoria se adjunta a esta
Resolución como Anexo II.
2. Las solicitudes se dirigirán al Director-Gerente del Hospital Universitario “Ramón
y Cajal” y se presentarán en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
3. Las solicitudes podrán presentarse preferentemente en la Unidad de Registro del
Hospital Universitario “Ramón y Cajal”, o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.