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Bien de interés cultural – Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, por la que se incoa el expediente de Declaración de Bien de Interés Cultural, en la categoría de Zona de Interés Arqueológico, del yacimiento “Alcalá la Vieja”, en Alcalá de Henares (Madrid)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 272
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 257
— Manzana urbana 02110:
d Parcela 1 (parcialmente), referencia catastral 0211001VK7801S0001AR.
2. Descripción gráfica del entorno.
En F se adjunta plano.
D. COMPATIBILIDAD DE USO CON LA CORRECTA
CONSERVACIÓN DEL BIEN
Las parcelas donde se ubica el bien, así como su entorno de protección, están catalogadas como terrenos rústicos, dedicados a los cultivos de pasto y a pinares, salvo una pequeña parte de la manzana 02110 que se adentra en terreno urbano de la localidad de Alcalá de Henares. Además, todo este espacio tiene la catalogación desde el año 2000 de Monte
de Utilidad Pública, otorgada por la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de
Madrid.
La clasificación del suelo es no urbanizable de protección, salvo la manzana 02110
clasificada como de sistemas generales.
Entre los usos permitidos estará la explotación tradicional de la tierra, mediante arado
de tipo romano, pero no se permitirá el uso de vertederas de gran profundidad para no alterar los niveles arqueológicos del yacimiento.
El régimen urbanístico de protección adecuado deberá tener en cuenta lo establecido
en la declaración del inmueble como Bien de Interés Cultural, estableciendo en la catalogación su protección de acuerdo con los valores y criterios de intervención establecidos en la
declaración.
Gracias a las distintas intervenciones realizadas en el yacimiento, el bien presenta un
relativo buen estado de conservación y ha podido acondicionarse para la visita estando incluido dentro de la red de yacimientos visitables de la Comunidad de Madrid.
A lo largo de los años, ya desde 1984, se han llevado a cabo varias intervenciones de
restauración o consolidación de las estructuras localizadas en el yacimiento.
En 2011 se procedió a consolidar las torres que flanquean la puerta de entrada de la
fortaleza, con el fin de preservar la estructura original, recuperando la técnica del escalonado en la torre occidental y recreciendo lo necesario para proteger el original y facilitar la
comprensión al visitante. Pero además, los trabajos se centraron en la seguridad, eliminando elementos de riesgo para los visitantes.
Entre los años 2012 y 2017 se realizó progresivamente la restauración de la torre 9 y
otras tareas de conservación, y se instalaron paneles explicativos con textos divulgativos
sobre el yacimiento y los resultados de las excavaciones.
Entre 2018 y 2020 se restauró gran parte del lienzo occidental Se procedió además a
consolidar todas las estructuras exhumadas y a llevar a cabo tareas para musealizar el yacimiento, entre las que destacan la reproducción del arco de la puerta principal.
Finalmente, en 2021 se acometió la última intervención en el yacimiento para rehabilitar los accesos de cara a su musealización, recuperando el acceso natural de entrada al castillo, suavizando bancadas y eliminado vallados obsoletos. En cuanto a las tareas de conservación, se procedió a consolidar un pequeño tramo entre torres en la zona de la entrada,
bajo la torre caída, y el camino de acceso en la bifurcación donde las cárcavas amenazan la
integridad del propio camino y la de la torre que está sobre el mismo.
Los estudios e intervenciones que se realicen en futuras campañas de excavación contribuirán a completar el conocimiento de este asentamiento andalusí. Por un lado, podrá ampliarse el conocimiento del sistema defensivo documentado en parte tras las distintas excavaciones realizadas; por otra parte, podrán documentarse mejor los arrabales. Asimismo, su
estudio contribuirá a continuar con su protección, puesta en valor y futura difusión del yacimiento.
Los criterios de intervención en un futuro, asimismo, irán orientados a preservar los
valores que motivan la declaración del inmueble como Bien de Interés Cultural. Las actuaciones que se realicen en el bien objeto de declaración deberán regirse por los criterios de
intervención establecidos en el artículo 20 de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio
Histórico de la Comunidad de Madrid. La realización de cualquier intervención u obra de-
BOCM-20221115-47
E. ESTADO DE CONSERVACIÓN DEL BIEN Y CRITERIOS
DE INTERVENCIÓN
B.O.C.M. Núm. 272
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 257
— Manzana urbana 02110:
d Parcela 1 (parcialmente), referencia catastral 0211001VK7801S0001AR.
2. Descripción gráfica del entorno.
En F se adjunta plano.
D. COMPATIBILIDAD DE USO CON LA CORRECTA
CONSERVACIÓN DEL BIEN
Las parcelas donde se ubica el bien, así como su entorno de protección, están catalogadas como terrenos rústicos, dedicados a los cultivos de pasto y a pinares, salvo una pequeña parte de la manzana 02110 que se adentra en terreno urbano de la localidad de Alcalá de Henares. Además, todo este espacio tiene la catalogación desde el año 2000 de Monte
de Utilidad Pública, otorgada por la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de
Madrid.
La clasificación del suelo es no urbanizable de protección, salvo la manzana 02110
clasificada como de sistemas generales.
Entre los usos permitidos estará la explotación tradicional de la tierra, mediante arado
de tipo romano, pero no se permitirá el uso de vertederas de gran profundidad para no alterar los niveles arqueológicos del yacimiento.
El régimen urbanístico de protección adecuado deberá tener en cuenta lo establecido
en la declaración del inmueble como Bien de Interés Cultural, estableciendo en la catalogación su protección de acuerdo con los valores y criterios de intervención establecidos en la
declaración.
Gracias a las distintas intervenciones realizadas en el yacimiento, el bien presenta un
relativo buen estado de conservación y ha podido acondicionarse para la visita estando incluido dentro de la red de yacimientos visitables de la Comunidad de Madrid.
A lo largo de los años, ya desde 1984, se han llevado a cabo varias intervenciones de
restauración o consolidación de las estructuras localizadas en el yacimiento.
En 2011 se procedió a consolidar las torres que flanquean la puerta de entrada de la
fortaleza, con el fin de preservar la estructura original, recuperando la técnica del escalonado en la torre occidental y recreciendo lo necesario para proteger el original y facilitar la
comprensión al visitante. Pero además, los trabajos se centraron en la seguridad, eliminando elementos de riesgo para los visitantes.
Entre los años 2012 y 2017 se realizó progresivamente la restauración de la torre 9 y
otras tareas de conservación, y se instalaron paneles explicativos con textos divulgativos
sobre el yacimiento y los resultados de las excavaciones.
Entre 2018 y 2020 se restauró gran parte del lienzo occidental Se procedió además a
consolidar todas las estructuras exhumadas y a llevar a cabo tareas para musealizar el yacimiento, entre las que destacan la reproducción del arco de la puerta principal.
Finalmente, en 2021 se acometió la última intervención en el yacimiento para rehabilitar los accesos de cara a su musealización, recuperando el acceso natural de entrada al castillo, suavizando bancadas y eliminado vallados obsoletos. En cuanto a las tareas de conservación, se procedió a consolidar un pequeño tramo entre torres en la zona de la entrada,
bajo la torre caída, y el camino de acceso en la bifurcación donde las cárcavas amenazan la
integridad del propio camino y la de la torre que está sobre el mismo.
Los estudios e intervenciones que se realicen en futuras campañas de excavación contribuirán a completar el conocimiento de este asentamiento andalusí. Por un lado, podrá ampliarse el conocimiento del sistema defensivo documentado en parte tras las distintas excavaciones realizadas; por otra parte, podrán documentarse mejor los arrabales. Asimismo, su
estudio contribuirá a continuar con su protección, puesta en valor y futura difusión del yacimiento.
Los criterios de intervención en un futuro, asimismo, irán orientados a preservar los
valores que motivan la declaración del inmueble como Bien de Interés Cultural. Las actuaciones que se realicen en el bien objeto de declaración deberán regirse por los criterios de
intervención establecidos en el artículo 20 de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio
Histórico de la Comunidad de Madrid. La realización de cualquier intervención u obra de-
BOCM-20221115-47
E. ESTADO DE CONSERVACIÓN DEL BIEN Y CRITERIOS
DE INTERVENCIÓN