Quijorna (BOCM-20221114-81)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 14 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 271

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
81

QUIJORNA
OFERTAS DE EMPLEO

Resolución de Alcaldía de 28 de octubre de 2022, dictada en expediente 1741/2022,
por la que se aprueban las bases generales que regula el proceso para la estabilización y consolidación de empleo temporal en el Ayuntamiento de Quijorna.
BASES GENERALES QUE REGULAN EL PROCESO
PARA LA ESTABILIZACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL
EN EL AYUNTAMIENTO DE QUIJORNA
1. Normas generales
1.1. Las presentes bases regulan los aspectos comunes a los procesos selectivos que
convoque el Ayuntamiento de Quijorna para la selección de personal laboral fijo o personal funcionario de carrera, mediante procedimiento extraordinario de consolidación de empleo temporal del personal laboral y funcionario interino, dentro del marco general de ejecución de la Oferta de Empleo Público de 2022 de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 55 y 70 del Texto Refundido del Estatuto del Empleado Público aprobado por Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
1.2. Las especificidades de cada proceso selectivo serán objeto de regulación en las
bases específicas que se aprobarán por el órgano competente para regir cada convocatoria.
1.3. La realización de las pruebas selectivas se regirá por lo dispuesto en el RD 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público; Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
modificada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de
la Administración Local; en el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia
de Régimen Local aprobado por el Real Decreto-Legislativo 781/1986, de 18 de abril;
Ley 30/1984, de 2 de agosto de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio por el que se establecen las reglas básicas y la y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de
Administración Local; en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre de Incompatibilidades del
Personal al Servicio de las Administraciones Públicas; en el Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo; por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado; la Ley 39/2015, de
Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, del Régimen Jurídico del Sector Público. Y especialmente de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre
de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

2.1. Para la admisión a la realización de las pruebas selectivas, será necesario reunir
los siguientes requisitos generales, además de los específicos de cada convocatoria, en la
fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias:
2.1.1. Quienes aspiren por turno libre habrán de reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57l del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, en el supuesto
de acceso al empleo público de nacionales de otros estados.
b) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos los 16 años de edad y no haber cumplido la edad de jubilación
forzosa, edades ambas referidas al día en que finalice el plazo de presentación de
instancias.

BOCM-20221114-81

2. Requisitos que deben cumplir los aspirantes