B) Autoridades y Personal - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20221114-7)
Convocatoria pruebas deportivas –  Resolución de 25 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación, por la que se convocan pruebas deportivas dirigidas a la comprobación del mantenimiento de una adecuada aptitud física de los policías locales de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 271

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE NOVIEMBRE DE 2022

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d) No finalice la prueba en la misma calle de salida.
e) Utilice cualquier elemento auxiliar que aumente su velocidad, flotabilidad, etcétera, tales como manoplas, flotadores, aletas, etc., admitiéndose gafas y los gorros
de baño que serán obligatorios.
Segundo ejercicio
Carrera de velocidad 60 metros
Posición inicial: el/la agente se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la misma de pie o agachado, sin tacos de salida.
Ejecución: tras la orden de salida, debe recorrer la distancia de 60 metros en el menor
tiempo posible, sin salirse de la calle que se le haya asignado. Se eliminará al aspirante que
realice dos salidas nulas o cambie de calle. Sólo habrá un intento.
Tercer ejercicio
Lanzamiento de balón medicinal (3 kg mujeres y 5 kg hombres). Potencia tren superior
Posición inicial: el/la agente se colocará frente a una línea marcada en el suelo, paralela a la zona de lanzamiento, con la punta de ambos pies en la misma distancia de la línea.
Ejecución: solamente se permitirá el lanzamiento del balón medicinal sujetándolo con
ambas manos por encima de la cabeza, con los pies en posición bípeda a la misma altura y
separados detrás de la línea de lanzamiento, en posición frontal a la misma. Se permitirán
dos intentos en el caso de que el primero sea nulo o no se alcance la marca mínima.
Constituirán lanzamientos nulos:
a) Cuando pise la línea.
b) Cuando no tenga las puntas de los pies a la misma distancia de la línea de lanzamiento.
c) Cuando sobrepase la línea o caiga en ella una vez ejecutado el lanzamiento con
cualquier parte del cuerpo.
d) Cuando haga el lanzamiento saltando, despegando totalmente cualquiera de los
dos pies, arrastrando cualquiera de los mismos hacia atrás.
Medición: se efectúa desde la parte anterior de la línea de lanzamiento hasta la marca
más próxima a la misma de la primera huella que deje el balón en su caída.
Cuarto ejercicio

Posición inicial: el/la agente colocará la punta de ambos pies a la misma distancia del
borde de una línea (línea de batida), marcada en el suelo, paralela al foso de salto y a una
distancia de 0,50 metros del borde anterior al mismo.
Ejecución: consistirá en saltar longitudinalmente sobre el suelo. No se permite mover
los pies, aunque se pueden despegar los talones del suelo. Se permitirán dos intentos en el
caso de que el primero sea nulo o no se alcance la marca mínima, en estos casos la realización del segundo intento se realizará inmediatamente después del primer intento.
Constituirán saltos nulos:
a) Cuando una vez separados totalmente los pies del suelo, vuelvan a apoyarse para
el impulso definitivo.
b) Cuando pise la línea en el momento de impulsarse.
c) Cuando no realice el primer apoyo en la caída con ambos pies.
d) Medición: se efectuará desde la parte más alejada del foso de la línea de batida
hasta la huella del aspirante sobre la arena del foso más cercana a la misma.
Quinto ejercicio
Carrera de resistencia: 800 metros
Posición inicial: el/la agente se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la misma de pie o agachado, sin tacos de salida.

BOCM-20221114-7

Salto de longitud desde parado: potencia tren inferior