D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221114-47)
Convenio –  Convenio de 30 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Valdepiélagos, para el desarrollo del Proyecto “Proyecto comarcal deportivo Sierra Norte: Valdepiélagos Activo” en el marco de la VII Edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM

LUNES 14 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 271

ra, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Valdepiélagos (en adelante, el Ayuntamiento) para el desarrollo del Proyecto “Proyecto Comarcal Deportivo Sierra Norte: Valdepiélagos Activo” (en adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la
actividad física entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden
1819/2017, de 22 de mayo, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se
regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y
la Orden 454/2022, de 6 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la
que se convoca la VII edición de dicho programa.
Este Proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
Es un programa estándar de iniciación a la práctica de ejercicio saludable para personas adultas, y especialmente sedentarias. Se desarrolla entre octubre de 2022 y junio de
2023.
Se trata de una forma de comenzar una actuación de Actividad Física y Salud en el municipio que va en la dirección de incorporar a la práctica regular del ejercicio físico, y promover un estilo de vida más activo y saludable.
Se trata de un proyecto de captación y acceso de usuarios sedentarios y salida de usuarios formados para una práctica de AF autosuficiente, bien generando grupos autónomos
para realizar la actividad, o bien accediendo a otras actividades que ofrezca el ayuntamiento o los operadores privados de su entorno. Se da así continuidad al proyecto iniciado en el
curso pasado.
Se establece una práctica de 2 horas semanales de gimnasia y 1 hora semanal de yoga,
además de un recorrido por el municipio realizado de forma mensual y donde se introducen
otras dinámicas.
En todo caso, el desarrollo de las actividades previstas en el proyecto indicado se realizará con estricta observancia de la normativa que, en cada momento, y según la evolución epidemiológica, se vaya aprobando en relación con la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Segunda
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del Proyecto se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 4.290,20 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 95% del total del coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 4.516 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2023. El coste de las
actividades de 2022 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2023, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para ello será requisito necesario la previa presentación de certificación del Interventor del Ayuntamiento, de los gastos realizados, en la que se desglosará por conceptos el coste de todas las actividades desarrolladas en ejecución del Proyecto.
La certificación se acompañará de una sucinta memoria en la que se detallarán las
actividades y en la que deberá indicarse, además, en todo caso, el número de usuarios del Proyecto. Asimismo, se aportará imagen de los materiales de difusión, publicidad o cualquier otro relacionado con el Proyecto que, en su caso, se hubieran
elaborado.
El Ayuntamiento deberá presentar dicha documentación justificativa con anterioridad al día 18 de julio de 2023.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que el Proyecto no sea ejecutado en su totalidad, que no se desarrolle durante todo
el período previsto, que no se desarrolle conforme a lo recogido en el presente
convenio, que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que no
cuente con la participación estimada o que el Ayuntamiento destine una aportación mayor de la establecida.

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