B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221112-1)
Retribución cuerpos docentes –  Orden de 10 de noviembre de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, relativa a la adecuación del componente general del complemento específico asignado a funcionarios de los Cuerpos Docentes no Universitarios de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 270

SÁBADO 12 DE NOVIEMBRE DE 2022

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I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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ORDEN de 10 de noviembre de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo, relativa a la adecuación del componente general del complemento específico asignado a funcionarios de los Cuerpos Docentes no Universitarios de
la Comunidad de Madrid.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (modificada por Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, de Educación), dedica su capítulo IV al “reconocimiento,
apoyo y valoración del profesorado”, contemplando en su artículo 104 algunas de las principales responsabilidades que asumen las Administraciones Educativas para con ellos. Así,
las Administraciones Educativas velarán por que el profesado reciba el trato, la consideración y el respeto acordes con la importancia social de su tarea (artículo 104.1) y prestarán
una atención prioritaria a la mejora de las condiciones en que el profesorado realiza su trabajo y al estímulo de una creciente consideración y reconocimiento social de la función docente (artículo 104.2).
Una de las grandes apuestas del gobierno regional ha sido, entre otras, ofrecer una educación de calidad, adaptada al contexto socioeconómico y global que envuelven a esta región.
Por ello, se quiere llevar a cabo, con objeto de reconocer su papel social y trabajos realizados por el personal docente no universitario, una adecuación retributiva de la cuantía del
“Componente General del Complemento Específico” asignado al personal docente no universitario, a partir de curso escolar 2022-2023.
De conformidad con el artículo 19.a) del Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, actualizado por el Decreto 38/2022, de 15 de
junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, corresponde a la Dirección General de Recursos Humanos la propuesta a los órganos competentes y la ejecución de la política del personal docente, la programación de las necesidades del mismo, así como la distribución, seguimiento y control
del cupo del profesorado.
En la elaboración de la presente Orden se han tenido en cuenta los principios de buena
regulación, exigidos por el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica y eficiencia y la misma ha sido vista en la Mesa Técnica de la
Sectorial de personal docente no universitario de la Comunidad de Madrid el día 23 de septiembre de 2022.
En su virtud, a propuesta de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, y de conformidad con las prescripciones contenidas en el artículo 1c.1 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se atribuyen entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de
Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, y previo informe de la Dirección General de Recursos Humanos,
DISPONGO

Objeto y ámbito de aplicación
La presente Orden tiene por objeto la adecuación retributiva de la cuantía del “Componente General del Complemento Específico” asignado al personal docente no universitario de la Comunidad de Madrid, con efectos de 1 de septiembre de 2022.

BOCM-20221112-1

Artículo 1