Madrid número 24 (BOCM-20221112-10)
Procedimiento 112/2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 270

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 12 DE NOVIEMBRE DE 2022

Pág. 109

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
10

MADRID NÚMERO 24
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. Marta Menárguez Salomón, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo
Social n.o 24 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 112/2022 de este juzgado de lo Social, seguido a
instancia de D./Dña. AMIN ALUAM GÓMEZ AGÜERO frente a D./Dña. JOSÉ JULIO
MUROS MARTÍN sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución.
PARTE DISPOSITIVA

BOCM-20221112-10

Ampliar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña.
AMIN ALUAM GÓMEZ AGÜERO, frente a la demandada D./Dña. JOSÉ JULIO MUROS MARTÍN, parte ejecutada, por un principal de 17.264,74 euros, de los cuales corresponden 458,18 euros a cantidad, 3.115,06 euros a indemnización y 13.691,50 euros a salarios, más 690,59 euros y 1.726,47 euros de intereses y costas calculados provisionalmente,
sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación.—Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de
los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles
infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar, la cantidad de 25 Euros en la cuenta de
este Juzgado abierta en la Entidad BANCO SANTANDER 2522-000064-0112-22.
Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez D./Dña.
Jacob Jiménez Gentil.
Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. JOSÉ JULIO MUROS
MARTÍN, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a dieciocho de octubre de dos mil veintidós.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/20.387/22)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791