Daganzo de Arriba (BOCM-20221111-79)
Régimen económico. Ordenanza fiscal huertos urbanos
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 352
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 269
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
79
DAGANZO DE ARRIBA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20221111-79
El Pleno del Ayuntamiento de Daganzo, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de octubre de 2022, acordó la creación de la ordenanza fiscal F-28 Reguladora de la tasa por utilización privativa de huertos urbanos.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se somete los expedientes a información pública por el plazo de treinta días, a contar
desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las
reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Lo que se hace público a los efectos legales establecidos.
Daganzo de Arriba, a 28 de octubre de 2022.—El alcalde-presidente (firmado).
(03/21.149/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 352
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RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20221111-79
El Pleno del Ayuntamiento de Daganzo, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de octubre de 2022, acordó la creación de la ordenanza fiscal F-28 Reguladora de la tasa por utilización privativa de huertos urbanos.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se somete los expedientes a información pública por el plazo de treinta días, a contar
desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las
reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Lo que se hace público a los efectos legales establecidos.
Daganzo de Arriba, a 28 de octubre de 2022.—El alcalde-presidente (firmado).
(03/21.149/22)
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