Loeches (BOCM-20221111-85)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 269
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 367
consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o psicotrópicos. La participación en
el proceso selectivo lleva implícita la autorización expresa para la realización de
estos análisis. Si la persona interesada se negara a someterse a la realización de dichos análisis, el Tribunal, previa audiencia de la misma, acordará su exclusión del
proceso.
— Primera prueba: Pruebas psicotécnicas, que incluyen test de inteligencia general y
pruebas de personalidad. Ambos ejercicios serán calificados como “apto/a” o “no
apto/a”, siendo necesario resultar apto/a en los dos para entender superada esta
primera prueba.
— Segunda prueba: Las pruebas físicas se calificarán de 5 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos en cada una de ellas como condición indispensable para poder realizar la siguiente. La nota final vendrá determinada a través de la media aritmética correspondiente al conjunto de pruebas. La marca a la
que corresponderá la puntuación de cinco puntos, será, para cada una de estas
pruebas, la que consta en el cuadro de pruebas y marcas que figuran en el anexo I,
según el sexo del aspirante y su mejora se calificará con la puntuación decimal correspondiente.
— Tercera prueba: Prueba de conocimientos, que consistirá en la contestación por escrito de cuestiones relacionadas con el temario que figura como anexo III a las presentes bases, así como en la realización de un ejercicio de conocimiento de idiomas.
Ambos ejercicios se realizarán en una misma sesión como a continuación se indica:
a) Primer ejercicio: Sobre conocimientos referidos al programa que figura como
anexo III a las presentes bases, cuyo contenido y forma será determinado por
el Tribunal Calificador, consistirá en:
BOCM-20221111-85
6.1.1. Calificación de las pruebas de oposición.—Las pruebas de la fase de oposición
serán eliminatorias y calificables hasta un máximo de 10 puntos, salvo las pruebas primera
(psicotécnica) y cuarta (reconocimiento médico) que se calificarán como “apto/a” o “no
apto/a”. Las personas aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada una de las
pruebas calificables, o de “apto/a” en las no calificables, serán eliminados.
El Tribunal Calificador queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de la calificación mínima de cinco puntos y de “apto/a”, de conformidad con el sistema de valoración que se adopte en cada prueba, y que deberá ser comunicado a los opositores con antelación a la celebración de la prueba correspondiente. Cuando
entre las puntuaciones otorgadas por los miembros del Tribunal existan una diferencia de
tres o más enteros entre las calificaciones máxima y mínima, serán automáticamente excluidas y se hallará la puntuación media entre las calificaciones restantes. En el supuesto en que
haya más de dos notas emitidas que se diferencien en tres o más puntos, solo se eliminarán
una de las calificaciones máximas y otra de las mínimas. En ningún caso se procederá a la
exclusión de las calificaciones extremas cuando al efectuarse dicha exclusión pueda alcanzarse una nota media superior a la que se lograría de computarse la totalidad de las calificaciones.
Si alguna de las personas aspirantes en la fecha de celebración de las pruebas físicas
se encontrara en estado de embarazo, parto o puerperio, debidamente acreditado, realizará
el resto de pruebas, quedando la calificación, en el caso de que superase todas las demás,
condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física, en la fecha que el tribunal determine al efecto, una vez desaparecidas las causas que motivaron el aplazamiento. Dicho
aplazamiento no podrá superar los seis meses de duración, desde el comienzo de las pruebas selectivas, salvo que se acredite con certificación médica que persisten las causas, en
cuyo caso se podrá aplazar otros seis meses.
Las bases de las convocatorias establecerán que las mujeres embarazadas que prevean
que, por las circunstancias derivadas de su avanzado estado de gestación y previsión de parto, o eventualmente primeros días del puerperio, su coincidencia con las fechas de realización de cualquiera de los exámenes o pruebas previstos en el proceso selectivo podrán ponerlo en conocimiento del tribunal, uniendo a la comunicación el correspondiente informe
médico oficial. La comunicación deberá realizarse con el tiempo suficiente y el tribunal determinará con base a la información de que disponga, si procede o no realizar la prueba en
un lugar alternativo o bien un aplazamiento de la misma o bien ambas medidas, conjuntamente.
Calificación de las pruebas:
B.O.C.M. Núm. 269
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 367
consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o psicotrópicos. La participación en
el proceso selectivo lleva implícita la autorización expresa para la realización de
estos análisis. Si la persona interesada se negara a someterse a la realización de dichos análisis, el Tribunal, previa audiencia de la misma, acordará su exclusión del
proceso.
— Primera prueba: Pruebas psicotécnicas, que incluyen test de inteligencia general y
pruebas de personalidad. Ambos ejercicios serán calificados como “apto/a” o “no
apto/a”, siendo necesario resultar apto/a en los dos para entender superada esta
primera prueba.
— Segunda prueba: Las pruebas físicas se calificarán de 5 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos en cada una de ellas como condición indispensable para poder realizar la siguiente. La nota final vendrá determinada a través de la media aritmética correspondiente al conjunto de pruebas. La marca a la
que corresponderá la puntuación de cinco puntos, será, para cada una de estas
pruebas, la que consta en el cuadro de pruebas y marcas que figuran en el anexo I,
según el sexo del aspirante y su mejora se calificará con la puntuación decimal correspondiente.
— Tercera prueba: Prueba de conocimientos, que consistirá en la contestación por escrito de cuestiones relacionadas con el temario que figura como anexo III a las presentes bases, así como en la realización de un ejercicio de conocimiento de idiomas.
Ambos ejercicios se realizarán en una misma sesión como a continuación se indica:
a) Primer ejercicio: Sobre conocimientos referidos al programa que figura como
anexo III a las presentes bases, cuyo contenido y forma será determinado por
el Tribunal Calificador, consistirá en:
BOCM-20221111-85
6.1.1. Calificación de las pruebas de oposición.—Las pruebas de la fase de oposición
serán eliminatorias y calificables hasta un máximo de 10 puntos, salvo las pruebas primera
(psicotécnica) y cuarta (reconocimiento médico) que se calificarán como “apto/a” o “no
apto/a”. Las personas aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada una de las
pruebas calificables, o de “apto/a” en las no calificables, serán eliminados.
El Tribunal Calificador queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de la calificación mínima de cinco puntos y de “apto/a”, de conformidad con el sistema de valoración que se adopte en cada prueba, y que deberá ser comunicado a los opositores con antelación a la celebración de la prueba correspondiente. Cuando
entre las puntuaciones otorgadas por los miembros del Tribunal existan una diferencia de
tres o más enteros entre las calificaciones máxima y mínima, serán automáticamente excluidas y se hallará la puntuación media entre las calificaciones restantes. En el supuesto en que
haya más de dos notas emitidas que se diferencien en tres o más puntos, solo se eliminarán
una de las calificaciones máximas y otra de las mínimas. En ningún caso se procederá a la
exclusión de las calificaciones extremas cuando al efectuarse dicha exclusión pueda alcanzarse una nota media superior a la que se lograría de computarse la totalidad de las calificaciones.
Si alguna de las personas aspirantes en la fecha de celebración de las pruebas físicas
se encontrara en estado de embarazo, parto o puerperio, debidamente acreditado, realizará
el resto de pruebas, quedando la calificación, en el caso de que superase todas las demás,
condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física, en la fecha que el tribunal determine al efecto, una vez desaparecidas las causas que motivaron el aplazamiento. Dicho
aplazamiento no podrá superar los seis meses de duración, desde el comienzo de las pruebas selectivas, salvo que se acredite con certificación médica que persisten las causas, en
cuyo caso se podrá aplazar otros seis meses.
Las bases de las convocatorias establecerán que las mujeres embarazadas que prevean
que, por las circunstancias derivadas de su avanzado estado de gestación y previsión de parto, o eventualmente primeros días del puerperio, su coincidencia con las fechas de realización de cualquiera de los exámenes o pruebas previstos en el proceso selectivo podrán ponerlo en conocimiento del tribunal, uniendo a la comunicación el correspondiente informe
médico oficial. La comunicación deberá realizarse con el tiempo suficiente y el tribunal determinará con base a la información de que disponga, si procede o no realizar la prueba en
un lugar alternativo o bien un aplazamiento de la misma o bien ambas medidas, conjuntamente.
Calificación de las pruebas: