Loeches (BOCM-20221111-85)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 269

4. Admisión de aspirantes
4.1. Requisitos.—Para ser admitidos a la práctica de las pruebas selectivas bastará
con que las personas aspirantes manifiesten en sus instancias que reúnen todas y cada una
de las condiciones exigidas en la base 2, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, con la excepción prevista en la base 2.2.
4.2. Lista de admitidos y de excluidos.—Terminado el plazo de presentación de
solicitudes, el señor alcalde de Loeches, dictará Resolución declarando aprobada la lista
de admitidos y excluidos. Dicha Resolución, que deberá publicarse en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Loeches, contendrá como anexo, además
del lugar, fecha y hora del comienzo de la primera prueba de la oposición, la relación nominal de aspirantes excluidos con su correspondiente documento nacional de identidad e
indicación de las causas de exclusión. Asimismo, en dicha resolución se indicará los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas y completas de personas aspirantes admitidos y excluidos. La lista de admitidos contendrá los datos personales de cada opositor.
Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la Resolución, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión. Asimismo, aquellos aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
Transcurrido dicho plazo las reclamaciones, si las hubiere, serán resueltas mediante
Resolución del Sr. Alcalde que se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica
del Ayuntamiento de Loeches, declarando aprobada la relación definitiva de personas aspirantes admitidos y excluidos, cuyas listas completas se harán públicas en el tablón de edictos del Ayuntamiento.
El hecho de figurar en la relación de admitidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos para participar en el proceso selectivo. Cuando
del examen de la documentación, que de acuerdo con la base 8 debe presentarse en el caso de
ser seleccionado, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, los interesados decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en el procedimiento.
Asimismo, el Tribunal, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no
cumple cualquiera de los requisitos exigidos para tomar parte en el proceso selectivo, previa audiencia al interesado, podrá proponer su exclusión a la autoridad convocante. En el
supuesto de que por circunstancias excepcionales se hubiese de modificar el lugar, la fecha
o la hora de la celebración del primer ejercicio, se hará público a través del tablón de anuncios de la sede electrónica Ayuntamiento de Loeches.
4.3. Admisión excepcional a las pruebas de selección.—Si algún aspirante no figurase en la lista de admitidos y excluidos a la que se refiere el apartado 4.2, el Tribunal le admitirá provisionalmente a los ejercicios siempre que acredite ante este documentalmente la
presentación de la solicitud mediante copia de la misma sellada por la oficina receptora. A
dicho fin el Tribunal se constituirá en sesión especial en el lugar donde hubiera de celebrarse
este, resolviendo provisionalmente, sin más trámite, las peticiones que mediante comparecencia puedan presentarse por las personas aspirantes que se encuentren en las circunstancias
mencionadas. El acta correspondiente a esta sesión se remitirá en el plazo más breve posible
al señor alcalde, quien resolverá definitivamente sobre la admisión o exclusión, comunicándolo al Tribunal para su conocimiento y efectos y notificándoselo a los interesados.

5.1. Composición.—El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas será nombrado por el señor alcalde del Ayuntamiento de Loeches y estará constituido por un presidente/a, un secretario/a con voz pero sin voto y un mínimo de cuatro Vocales, entre los que figurará un representante de la Comunidad de Madrid, así como sus correspondientes
suplentes.
No podrá formar parte del Tribunal el personal de elección o de designación política, los
funcionarios interinos y el personal eventual. Tampoco podrán formar parte de los órganos de
selección el personal laboral, ni aquellos funcionarios que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la
presente convocatoria. Todos los miembros del Tribunal deberán poseer titulación de igual
nivel o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas y ser funcionarios de carrera. Asimismo, el Tribunal no podrá estar formado mayoritariamente por funcionarios
pertenecientes al mismo Cuerpo, Escala, Subescala y categoría objeto de la selección. La

BOCM-20221111-85

5. Tribunal Calificador