Navas del Rey (BOCM-20221111-92)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 388
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 269
3. Requisitos de los/as aspirantes
3.1. Requisitos generales. Para tomar parte en las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, conforme a lo establecido en el artículo 27 del
Decreto 210/2021, de 15 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
a) Tener nacionalidad española.
b) Tener dieciocho años de edad.
c) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente expedidos con
arreglo a la legislación vigente. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero
se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que
acredite la homologación.
d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente
las funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
f) Carecer de antecedentes penales.
g) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B o equivalente.
h) Compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la ley mediante declaración jurada o promesa.
i) No haber sido condenado por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e
indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Este requisito será acreditado mediante certificación del Registro Central de delincuentes sexuales
previsto en dicha ley orgánica.
3.2. Plazo. Los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en el apartado
anterior el día en que finalice el plazo para la presentación de instancias de la correspondiente convocatoria y mantenerlos hasta la toma de posesión como funcionario de carrera.
La acreditación de los mismos deberá efectuase con anterioridad al correspondiente nombramiento como funcionario en prácticas, salvo el permiso de conducir de la clase B, que
podrá ser obtenido y acreditado con anterioridad a la finalización del correspondiente curso selectivo de formación.
El proceso selectivo constará de las siguientes fases, de carácter sucesivo:
1. Pruebas de oposición.
2. Concurso de méritos.
3. Curso selectivo de formación.
4. Período de prácticas.
4.1. Fase de oposición. Conforme a lo establecido en el artículo 29 del Decreto 210/2021,
de 15 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, las pruebas de oposición a superar son las siguientes, todas ellas eliminatorias:
a) Prueba de conocimientos: consistirá en la contestación de un ejercicio relacionado
con el temario que figura como anexo III (prueba de conocimientos) de las presentes bases, así como en la realización de un ejercicio de conocimiento de idiomas en el tiempo máximo de noventa minutos.
Ambos ejercicios se realizarán como a continuación se indica:
1. Ejercicio de conocimientos referidos al programa que figura como anexo III de
las presentes bases, cuyo contenido y forma será: responder un cuestionario
de 90 preguntas, correspondientes al programa que figura como anexo III de estas bases, con tres respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta.
Cada pregunta correcta tendrá una puntuación de 0,10 puntos y las preguntas
incorrectas serán penalizadas con 0,033 puntos. Las respuestas no contestadas no sumarán ni penalizarán. Las respuestas que presenten, tachaduras o doble contestación serán consideradas como no contestadas.
Se tendrán en cuenta solo dos decimales de las puntuaciones obtenidas.
BOCM-20221111-92
4. Proceso selectivo
Pág. 388
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 269
3. Requisitos de los/as aspirantes
3.1. Requisitos generales. Para tomar parte en las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, conforme a lo establecido en el artículo 27 del
Decreto 210/2021, de 15 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
a) Tener nacionalidad española.
b) Tener dieciocho años de edad.
c) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente expedidos con
arreglo a la legislación vigente. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero
se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que
acredite la homologación.
d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente
las funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
f) Carecer de antecedentes penales.
g) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B o equivalente.
h) Compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la ley mediante declaración jurada o promesa.
i) No haber sido condenado por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e
indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Este requisito será acreditado mediante certificación del Registro Central de delincuentes sexuales
previsto en dicha ley orgánica.
3.2. Plazo. Los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en el apartado
anterior el día en que finalice el plazo para la presentación de instancias de la correspondiente convocatoria y mantenerlos hasta la toma de posesión como funcionario de carrera.
La acreditación de los mismos deberá efectuase con anterioridad al correspondiente nombramiento como funcionario en prácticas, salvo el permiso de conducir de la clase B, que
podrá ser obtenido y acreditado con anterioridad a la finalización del correspondiente curso selectivo de formación.
El proceso selectivo constará de las siguientes fases, de carácter sucesivo:
1. Pruebas de oposición.
2. Concurso de méritos.
3. Curso selectivo de formación.
4. Período de prácticas.
4.1. Fase de oposición. Conforme a lo establecido en el artículo 29 del Decreto 210/2021,
de 15 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, las pruebas de oposición a superar son las siguientes, todas ellas eliminatorias:
a) Prueba de conocimientos: consistirá en la contestación de un ejercicio relacionado
con el temario que figura como anexo III (prueba de conocimientos) de las presentes bases, así como en la realización de un ejercicio de conocimiento de idiomas en el tiempo máximo de noventa minutos.
Ambos ejercicios se realizarán como a continuación se indica:
1. Ejercicio de conocimientos referidos al programa que figura como anexo III de
las presentes bases, cuyo contenido y forma será: responder un cuestionario
de 90 preguntas, correspondientes al programa que figura como anexo III de estas bases, con tres respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta.
Cada pregunta correcta tendrá una puntuación de 0,10 puntos y las preguntas
incorrectas serán penalizadas con 0,033 puntos. Las respuestas no contestadas no sumarán ni penalizarán. Las respuestas que presenten, tachaduras o doble contestación serán consideradas como no contestadas.
Se tendrán en cuenta solo dos decimales de las puntuaciones obtenidas.
BOCM-20221111-92
4. Proceso selectivo