D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221111-36)
Convenio – Convenio de 5 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Villar del Olmo, para la realización de actuaciones en el marco del Plan Corresponsables
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 269
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 203
— Los datos personales podrán ser comunicados a la Dirección General de Igualdad
de la Comunidad de Madrid y a otras Administraciones Públicas con competencia
en la materia.
El Ayuntamiento de Villar del Olmo, con el consentimiento de la Dirección General
de Igualdad, podrá encargar el tratamiento de los datos personales de los distintos programas a las personas o entidades que estime conveniente con sujeción a lo dispuesto en el
artículo 28 del RGPD, esto es mediante un contrato u otro acto jurídico en el que medie consentimiento de las partes y que vincule al encargado respecto del responsable y establezca,
entre otros, el objeto, la duración, la naturaleza y la finalidad del tratamiento, el tipo de datos personales y categorías de interesados, y las obligaciones y derechos del responsable.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para la
que han sido recabados y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran
derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Cada parte será responsable de atender las solicitudes de ejercicio de derechos establecidos en los artículos 15 a 22, ambos inclusive, del RGPD, y las reclamaciones, en su caso,
a las mismas, que correspondan a tratamientos en los que ostenten la consideración de responsable del tratamiento, debiendo colaborar entre sí para la adecuada atención y satisfacción de los derechos de los interesados.
Confidencialidad de la información y transmisión de datos entre administraciones
Toda la información facilitada por las partes y toda la información generada como consecuencia de la ejecución del presente convenio tendrá el tratamiento de confidencial, sin
perjuicio de la información que sea de dominio público, no pudiendo ser divulgada o facilitada a terceros ni utilizada para un fin distinto del previsto en este documento sin el acuerdo unánime de las partes.
Las partes mantendrán la confidencialidad en el tratamiento de todos los datos personales facilitados por cada una de ellas y de la información, de cualquier clase o naturaleza,
resultante de la ejecución del presente convenio.
Las partes firmantes están obligadas a implantar medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal y eviten
su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Las partes velarán por el cumplimiento del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por
el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.
La obligación de confidencialidad para las partes se extenderá indefinidamente, aunque el convenio se hubiera extinguido. Todo ello sin perjuicio de la eventual autorización
de las partes o, en su caso, de que dicha información pasara a ser considerada como de dominio público.
Octava
En todo caso, se podrá imputar con cargo al convenio la financiación de los soportes
publicitarios necesarios para la difusión de las actuaciones, así como los materiales que hayan obtenido la preceptiva autorización de la Dirección General de Igualdad.
Deberán incorporarse los logotipos que la Consejería competente en materia de igualdad, Dirección General de Igualdad, considere oportunos en todas las actuaciones, programas y publicaciones que se incluyen en el convenio.
En todas las actividades reflejadas en este convenio financiadas por los Fondos recibidos por el Ministerio de Igualdad en el Marco del Plan Corresponsables y que se especifican
en el correspondiente anexo I, deberán identificarse con la imagen gráfica del Plan Corresponsables, así como los logotipos institucionales del Ministerio de Igualdad, y de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género y de la Comunidad de Madrid.
En toda la documentación necesaria para la realización de programas o proyectos incluidos en el Plan Corresponsables financiados con cargo a los Fondos de dicho Plan transferidos
a la Comunidad de Madrid, en la señalización exterior de los lugares donde se ejecuten los
proyectos y, en todo caso, en las actividades de difusión, deberá constar expresamente en lugar visible, que se han financiado con cargo a los Fondos recibidos en la Comunidad de
Madrid del Ministerio de Igualdad y de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género.
BOCM-20221111-36
Difusión y publicidad
B.O.C.M. Núm. 269
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 203
— Los datos personales podrán ser comunicados a la Dirección General de Igualdad
de la Comunidad de Madrid y a otras Administraciones Públicas con competencia
en la materia.
El Ayuntamiento de Villar del Olmo, con el consentimiento de la Dirección General
de Igualdad, podrá encargar el tratamiento de los datos personales de los distintos programas a las personas o entidades que estime conveniente con sujeción a lo dispuesto en el
artículo 28 del RGPD, esto es mediante un contrato u otro acto jurídico en el que medie consentimiento de las partes y que vincule al encargado respecto del responsable y establezca,
entre otros, el objeto, la duración, la naturaleza y la finalidad del tratamiento, el tipo de datos personales y categorías de interesados, y las obligaciones y derechos del responsable.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para la
que han sido recabados y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran
derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Cada parte será responsable de atender las solicitudes de ejercicio de derechos establecidos en los artículos 15 a 22, ambos inclusive, del RGPD, y las reclamaciones, en su caso,
a las mismas, que correspondan a tratamientos en los que ostenten la consideración de responsable del tratamiento, debiendo colaborar entre sí para la adecuada atención y satisfacción de los derechos de los interesados.
Confidencialidad de la información y transmisión de datos entre administraciones
Toda la información facilitada por las partes y toda la información generada como consecuencia de la ejecución del presente convenio tendrá el tratamiento de confidencial, sin
perjuicio de la información que sea de dominio público, no pudiendo ser divulgada o facilitada a terceros ni utilizada para un fin distinto del previsto en este documento sin el acuerdo unánime de las partes.
Las partes mantendrán la confidencialidad en el tratamiento de todos los datos personales facilitados por cada una de ellas y de la información, de cualquier clase o naturaleza,
resultante de la ejecución del presente convenio.
Las partes firmantes están obligadas a implantar medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal y eviten
su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Las partes velarán por el cumplimiento del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por
el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.
La obligación de confidencialidad para las partes se extenderá indefinidamente, aunque el convenio se hubiera extinguido. Todo ello sin perjuicio de la eventual autorización
de las partes o, en su caso, de que dicha información pasara a ser considerada como de dominio público.
Octava
En todo caso, se podrá imputar con cargo al convenio la financiación de los soportes
publicitarios necesarios para la difusión de las actuaciones, así como los materiales que hayan obtenido la preceptiva autorización de la Dirección General de Igualdad.
Deberán incorporarse los logotipos que la Consejería competente en materia de igualdad, Dirección General de Igualdad, considere oportunos en todas las actuaciones, programas y publicaciones que se incluyen en el convenio.
En todas las actividades reflejadas en este convenio financiadas por los Fondos recibidos por el Ministerio de Igualdad en el Marco del Plan Corresponsables y que se especifican
en el correspondiente anexo I, deberán identificarse con la imagen gráfica del Plan Corresponsables, así como los logotipos institucionales del Ministerio de Igualdad, y de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género y de la Comunidad de Madrid.
En toda la documentación necesaria para la realización de programas o proyectos incluidos en el Plan Corresponsables financiados con cargo a los Fondos de dicho Plan transferidos
a la Comunidad de Madrid, en la señalización exterior de los lugares donde se ejecuten los
proyectos y, en todo caso, en las actividades de difusión, deberá constar expresamente en lugar visible, que se han financiado con cargo a los Fondos recibidos en la Comunidad de
Madrid del Ministerio de Igualdad y de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género.
BOCM-20221111-36
Difusión y publicidad