D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221111-54)
Convenio – Convenio de 3 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Santorcaz, para el desarrollo del Proyecto “Proyecto Punto Activo Infantil y Juvenil (3 a 17 años). Santorcaz 2022-23” en el marco de la VII Edición del Programa de Colaboración Institucional en Proyectos de Actividad Física y Salud
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BOCM
Pág. 288
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 269
ESTIPULACIONES
Primera
Objeto
El objeto del presente Convenio es regular la colaboración y establecer las bases de
cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Santorcaz (en adelante, el Ayuntamiento)
para el desarrollo del Proyecto “Proyecto Punto Activo Infantil y Juvenil (3 a 17 años).
Santorcaz 2022-23” (en adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden 1819/2017, de 22 de mayo, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la
que se regula el Programa de Colaboración Institucional en Proyectos de Actividad Física
y Salud, y la Orden 454/2022, de 6 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la VII Edición de dicho programa.
Este Proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
“Proyecto Punto Activo Infantil y Juvenil (3 a 17 años). Santorcaz 2022-23” se desarrollará entre octubre de 2022 y junio de 2023, e irá dirigido a los niños y jóvenes del municipio,
entre los 3 y los 17 años, reagrupados en franjas de edad de 3-6 (Psicomotricidad), 7-12 (Iniciación deportiva), y Pádel en grupos de 11-3, 14-5 y 16-17 años. Se trata de promover la actividad física en todos los tramos de edad. Se distribuirán los grupos en función de la edad y
se realizarán dos sesiones semanales de una hora de duración, o en sesiones agrupadas en función de la actividad.
Se incluirá una sesión formativo-informativa para familias, destacando el valor de los
hábitos saludables nutricionales y de las pautas y hábitos activos.
Se realizará también una jornada de sensibilización sobre deportes y juegos adaptados
a la discapacidad, así como una jornada con los mayores del municipio, enseñando juegos
tradicionales, contribuyendo con ello a la pervivencia de elementos culturales tradicionales
saludables, así como a la comunicación entre mayores y niños.
En todo caso, el desarrollo de las actividades previstas en el Proyecto indicado se realizará con estricta observancia de la normativa que, en cada momento, y según la evolución epidemiológica, se vaya aprobando en relación con la crisis sanitaria ocasionada por
el COVID-19.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del Proyecto se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 7.500 euros, de acuerdo con la
evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 83,34% del total del coste
ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 8.999,48 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2023. El coste de las
actividades de 2022 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2023, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”,
del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito adecuado y suficiente.
Para ello será requisito necesario la previa presentación de certificación del Interventor del Ayuntamiento, de los gastos realizados, en la que se desglosará por conceptos el coste de todas las actividades desarrolladas en ejecución del Proyecto.
La certificación se acompañará de una sucinta memoria en la que se detallarán las
actividades y en la que deberá indicarse, además, en todo caso, el número de usuarios del Proyecto. Asimismo, se aportará imagen de los materiales de difusión, publicidad o cualquier otro relacionado con el Proyecto que, en su caso, se hubieran
elaborado.
BOCM-20221111-54
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
Pág. 288
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 269
ESTIPULACIONES
Primera
Objeto
El objeto del presente Convenio es regular la colaboración y establecer las bases de
cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Santorcaz (en adelante, el Ayuntamiento)
para el desarrollo del Proyecto “Proyecto Punto Activo Infantil y Juvenil (3 a 17 años).
Santorcaz 2022-23” (en adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden 1819/2017, de 22 de mayo, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la
que se regula el Programa de Colaboración Institucional en Proyectos de Actividad Física
y Salud, y la Orden 454/2022, de 6 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la VII Edición de dicho programa.
Este Proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
“Proyecto Punto Activo Infantil y Juvenil (3 a 17 años). Santorcaz 2022-23” se desarrollará entre octubre de 2022 y junio de 2023, e irá dirigido a los niños y jóvenes del municipio,
entre los 3 y los 17 años, reagrupados en franjas de edad de 3-6 (Psicomotricidad), 7-12 (Iniciación deportiva), y Pádel en grupos de 11-3, 14-5 y 16-17 años. Se trata de promover la actividad física en todos los tramos de edad. Se distribuirán los grupos en función de la edad y
se realizarán dos sesiones semanales de una hora de duración, o en sesiones agrupadas en función de la actividad.
Se incluirá una sesión formativo-informativa para familias, destacando el valor de los
hábitos saludables nutricionales y de las pautas y hábitos activos.
Se realizará también una jornada de sensibilización sobre deportes y juegos adaptados
a la discapacidad, así como una jornada con los mayores del municipio, enseñando juegos
tradicionales, contribuyendo con ello a la pervivencia de elementos culturales tradicionales
saludables, así como a la comunicación entre mayores y niños.
En todo caso, el desarrollo de las actividades previstas en el Proyecto indicado se realizará con estricta observancia de la normativa que, en cada momento, y según la evolución epidemiológica, se vaya aprobando en relación con la crisis sanitaria ocasionada por
el COVID-19.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del Proyecto se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 7.500 euros, de acuerdo con la
evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 83,34% del total del coste
ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 8.999,48 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2023. El coste de las
actividades de 2022 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2023, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”,
del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito adecuado y suficiente.
Para ello será requisito necesario la previa presentación de certificación del Interventor del Ayuntamiento, de los gastos realizados, en la que se desglosará por conceptos el coste de todas las actividades desarrolladas en ejecución del Proyecto.
La certificación se acompañará de una sucinta memoria en la que se detallarán las
actividades y en la que deberá indicarse, además, en todo caso, el número de usuarios del Proyecto. Asimismo, se aportará imagen de los materiales de difusión, publicidad o cualquier otro relacionado con el Proyecto que, en su caso, se hubieran
elaborado.
BOCM-20221111-54
Obligaciones de la Comunidad de Madrid