B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221111-8)
Concurso de méritos – Orden 2085/2022, de 28 de octubre, de la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden 1076/2022, de 5 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de julio) para la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de Concurso de Méritos
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BOCM
Pág. 54
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 269
2. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será el que establezca la orden de reingreso, conforme a lo previsto en la normativa
aplicable.
Tercero
Recursos
BOCM-20221111-8
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse,
con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que
la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día
siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 28 de octubre de 2022.—La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, P. D.
(Orden 1389/2021, de 16 de noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 29 de noviembre de 2021), la Secretaria General Técnica, M.a José Barrero García.
Pág. 54
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 269
2. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será el que establezca la orden de reingreso, conforme a lo previsto en la normativa
aplicable.
Tercero
Recursos
BOCM-20221111-8
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse,
con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que
la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día
siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 28 de octubre de 2022.—La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, P. D.
(Orden 1389/2021, de 16 de noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 29 de noviembre de 2021), la Secretaria General Técnica, M.a José Barrero García.