Miraflores de la Sierra (BOCM-20221110-100)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 268

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
100

MIRAFLORES DE LA SIERRA
OFERTAS DE EMPLEO

BOCM-20221110-100

Por resolución de Alcaldía número 2022/1552, de fecha 24 de octubre de 2022, se han
aprobado las bases específicas que regirán el proceso selectivo para cubrir cinco plazas de
conserje, con carácter de personal laboral fijo (expediente electrónico 4799/2022), mediante el sistema de acceso libre y procedimiento de concurso de méritos por el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal. Las bases de dicho procedimiento se encuentran expuestas íntegramente en el tablón de anuncios y en la Sede Electrónica de este
Ayuntamiento ( https://mirafloresdelasierra.sedelectronica.es/board/9753e838-f59b-11deb600-00237da12c6a/ ).
El plazo de presentación de solicitudes de participación será de diez días hábiles, a
contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín
Oficial del Estado”.
Contra la convocatoria y sus bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcaldía del Ayuntamiento de
Miraflores de la Sierra, de conformidad con los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso
contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid
o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de
reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que
aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo
ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En Miraflores de la Sierra, a 25 de octubre de 2022.—El alcalde-presidente, Luis Guadalix Calvo.
(02/20.769/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791