C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221110-17)
Crédito presupuestario ayudas – Orden 3619/2022, de 26 de octubre, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para la concesión directa de las ayudas para compatibilizar la actividad ganadera con la existencia de poblaciones de lobos, perros asilvestrados y buitres en la Comunidad de Madrid durante el año 2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 268
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 97
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
17
ORDEN 3619/2022, de 26 de octubre, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se declara el importe del crédito presupuestario
disponible para la concesión directa de las ayudas para compatibilizar la actividad ganadera con la existencia de poblaciones de lobos, perros asilvestrados
y buitres en la Comunidad de Madrid durante el año 2022.
La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 4.5.c) que podrán concederse, de forma directa y con carácter excepcional,
aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o
humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
El órgano concedente deberá publicar la declaración de los créditos presupuestarios
disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, previa tramitación del expediente de gasto que corresponda.
Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 19 de octubre de 2022, se aprobaron
las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de las ayudas
para compatibilizar la actividad ganadera con la existencia de poblaciones de lobos, perros
asilvestrados y buitres en la Comunidad de Madrid.
A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c).1.o de la Ley 2/1995, de 8
de marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios disponibles
para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión,
como órgano concedente de las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7 de la citada
Ley 2/1995 y titular de la competencia en materia de agricultura, ganadería y alimentación
en virtud del Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
DISPONGO
Primero
Declarar disponible el crédito presupuestario para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión directa de las ayudas para compatibilizar la
actividad ganadera con la existencia de poblaciones de lobos, perros asilvestrados y buitres
en la Comunidad de Madrid:
— Año 2022: 150.000 euros.
Segundo
El crédito disponible será con cargo al subconcepto 47399, “Otras empresas privadas”,
del Programa 411A del Presupuesto de gastos de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura para el año 2022.
Madrid, a 26 de octubre de 2022.
(03/21.398/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20221110-17
La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
PALOMA MARTÍN MARTÍN
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17
ORDEN 3619/2022, de 26 de octubre, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se declara el importe del crédito presupuestario
disponible para la concesión directa de las ayudas para compatibilizar la actividad ganadera con la existencia de poblaciones de lobos, perros asilvestrados
y buitres en la Comunidad de Madrid durante el año 2022.
La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 4.5.c) que podrán concederse, de forma directa y con carácter excepcional,
aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o
humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
El órgano concedente deberá publicar la declaración de los créditos presupuestarios
disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, previa tramitación del expediente de gasto que corresponda.
Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 19 de octubre de 2022, se aprobaron
las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de las ayudas
para compatibilizar la actividad ganadera con la existencia de poblaciones de lobos, perros
asilvestrados y buitres en la Comunidad de Madrid.
A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c).1.o de la Ley 2/1995, de 8
de marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios disponibles
para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión,
como órgano concedente de las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7 de la citada
Ley 2/1995 y titular de la competencia en materia de agricultura, ganadería y alimentación
en virtud del Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
DISPONGO
Primero
Declarar disponible el crédito presupuestario para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión directa de las ayudas para compatibilizar la
actividad ganadera con la existencia de poblaciones de lobos, perros asilvestrados y buitres
en la Comunidad de Madrid:
— Año 2022: 150.000 euros.
Segundo
El crédito disponible será con cargo al subconcepto 47399, “Otras empresas privadas”,
del Programa 411A del Presupuesto de gastos de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura para el año 2022.
Madrid, a 26 de octubre de 2022.
(03/21.398/22)
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