D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221110-73)
Convenio – Convenio de 30 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y el Ayuntamiento de Valdaracete, para el desarrollo del Proyecto “Muévete Valdaracete 2022-23” en el marco de la VII edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 268
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 223
ción, Juventud y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en
proyectos de actividad física y salud, y la Orden 454/2022, de 6 de abril, de la Consejería de
Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la VII edición de dicho programa.
Este Proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
Tras la gran experiencia de este proyecto de promoción de actividad física en nuestra
población, superando con creces la oferta inicial que se ha ofrecido año tras año en Valdaracete, y tras el tercer año consecutivo realizándolo y superando las restricciones por grupos y espacios del Covid, en este curso 2022-23 se manendrá este proyecto con la siguiente distribución por grupos de edad:
— Chiqui-juegos para niños de 3 a 6 años.
— Multideporte infantil para niños de 7 a 11 años.
— Multideporte juvenil para niños de 12 a 16 años.
— Jóvenes y adultos activos, para personas de 17 a 50 años.
— Mayores, psicomotricidad para mayores de 55 años.
Se combinarán sesiones en al aire libre para fomentar el uso de parques de mayores
con elementos biosaludables con sesiones de Psicomotricidad en sala de cultura municipal.
Se trata de promover un punto de encuentro activo para toda la población del municipio, que promueva la actividad física, ofreciendo diversión a través del movimiento, alejando un tiempo a los niños, jóvenes, mayores de la inactividad y de las pantallas.
En todo caso, el desarrollo de las actividades previstas en el proyecto indicado se realizará con estricta observancia de la normativa que, en cada momento, y según la evolución epidemiológica, se vaya aprobando en relación con la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del Proyecto se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 7.500 euros, de acuerdo con la
evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 60,44% del total del coste
ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 12.409,68 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2023. El coste de las
actividades de 2022 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2023, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para ello será requisito necesario la previa presentación de certificación del Interventor del Ayuntamiento, de los gastos realizados, en la que se desglosará por conceptos el coste de todas las actividades desarrolladas en ejecución del Proyecto.
La certificación se acompañará de una sucinta memoria en la que se detallarán las
actividades y en la que deberá indicarse, además, en todo caso, el número de usuarios del Proyecto. Asimismo, se aportará imagen de los materiales de difusión, publicidad o cualquier otro relacionado con el Proyecto que, en su caso, se hubieran
elaborado.
El Ayuntamiento deberá presentar dicha documentación justificativa con anterioridad al día 18 de julio de 2023.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que el Proyecto no sea ejecutado en su totalidad, que no se desarrolle durante todo
el período previsto, que no se desarrolle conforme a lo recogido en el presente
convenio, que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que no
cuente con la participación estimada o que el Ayuntamiento destine una aportación mayor de la establecida.
— Facilitar instalaciones deportivas de la Comunidad de Madrid si fuera aconsejable
para el mejor desarrollo del Proyecto, condicionado a la disponibilidad del uso de
dichas instalaciones en cada momento.
BOCM-20221110-73
Segunda
B.O.C.M. Núm. 268
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 223
ción, Juventud y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en
proyectos de actividad física y salud, y la Orden 454/2022, de 6 de abril, de la Consejería de
Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la VII edición de dicho programa.
Este Proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
Tras la gran experiencia de este proyecto de promoción de actividad física en nuestra
población, superando con creces la oferta inicial que se ha ofrecido año tras año en Valdaracete, y tras el tercer año consecutivo realizándolo y superando las restricciones por grupos y espacios del Covid, en este curso 2022-23 se manendrá este proyecto con la siguiente distribución por grupos de edad:
— Chiqui-juegos para niños de 3 a 6 años.
— Multideporte infantil para niños de 7 a 11 años.
— Multideporte juvenil para niños de 12 a 16 años.
— Jóvenes y adultos activos, para personas de 17 a 50 años.
— Mayores, psicomotricidad para mayores de 55 años.
Se combinarán sesiones en al aire libre para fomentar el uso de parques de mayores
con elementos biosaludables con sesiones de Psicomotricidad en sala de cultura municipal.
Se trata de promover un punto de encuentro activo para toda la población del municipio, que promueva la actividad física, ofreciendo diversión a través del movimiento, alejando un tiempo a los niños, jóvenes, mayores de la inactividad y de las pantallas.
En todo caso, el desarrollo de las actividades previstas en el proyecto indicado se realizará con estricta observancia de la normativa que, en cada momento, y según la evolución epidemiológica, se vaya aprobando en relación con la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del Proyecto se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 7.500 euros, de acuerdo con la
evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 60,44% del total del coste
ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 12.409,68 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2023. El coste de las
actividades de 2022 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2023, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para ello será requisito necesario la previa presentación de certificación del Interventor del Ayuntamiento, de los gastos realizados, en la que se desglosará por conceptos el coste de todas las actividades desarrolladas en ejecución del Proyecto.
La certificación se acompañará de una sucinta memoria en la que se detallarán las
actividades y en la que deberá indicarse, además, en todo caso, el número de usuarios del Proyecto. Asimismo, se aportará imagen de los materiales de difusión, publicidad o cualquier otro relacionado con el Proyecto que, en su caso, se hubieran
elaborado.
El Ayuntamiento deberá presentar dicha documentación justificativa con anterioridad al día 18 de julio de 2023.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que el Proyecto no sea ejecutado en su totalidad, que no se desarrolle durante todo
el período previsto, que no se desarrolle conforme a lo recogido en el presente
convenio, que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que no
cuente con la participación estimada o que el Ayuntamiento destine una aportación mayor de la establecida.
— Facilitar instalaciones deportivas de la Comunidad de Madrid si fuera aconsejable
para el mejor desarrollo del Proyecto, condicionado a la disponibilidad del uso de
dichas instalaciones en cada momento.
BOCM-20221110-73
Segunda