D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221110-70)
Convenio – Convenio de 30 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y el Ayuntamiento de Tielmes, para el desarrollo del Proyecto “Tielmes en Forma 22/23” en el marco de la VII Edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 268
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 205
nes establecidas en la Orden 1819/2017, de 22 de mayo, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos
de actividad física y salud, y la Orden 454/2022, de 6 de abril, de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, por la que se convoca la VII edición de dicho programa.
Este Proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
Con el proyecto “Tielmes en Forma 22/23” se pretende hacer llegar el deporte y las rutinas saludables a sectores de la población del municipio de Tielmes que tradicionalmente
están más alejados de su práctica y sus beneficios.
El objetivo es que la población mayor, especialmente mayores de 65, eleve su calidad de
vida a través de la práctica deportiva de forma periódica y con una metodología adaptada a
sus necesidades y capacidades.
La pandemia ha hecho mucho daño a toda la población de la tercera edad, que es el
grupo poblacional de máximo riesgo para el COVID-19. Con este proyecto queremos recuperar a las personas que tanto sufrieron meses atrás y que no pudieron entrenar como les
hubiera gustado. Se recuperó la práctica en el curso 21/22, y se quiere mantener la buena
dinámica durante el presente curso, realizándose en continuidad desde octubre de 2022 hasta junio de 2023 dos sesiones semanales de una hora de duración, incluyendo también excursiones caminando a diferentes parajes del municipio, y actividades conjuntas con Perales de Tajuña (municipios unidos por la Vía Verde del Tajuña).
En todo caso, el desarrollo de las actividades previstas en el proyecto indicado se realizará con estricta observancia de la normativa que, en cada momento, y según la evolución epidemiológica, se vaya aprobando en relación con la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del Proyecto se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 1.826,94 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria.
Esta aportación constituye el 80 % del total del coste ajustado del Proyecto, cuya
estimación asciende a 2.283,67 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2023. El coste de las
actividades de 2022 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2023, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”,
del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito adecuado y suficiente.
Para ello será requisito necesario la previa presentación de certificación del Interventor del Ayuntamiento, de los gastos realizados, en la que se desglosará por conceptos
el coste de todas las actividades desarrolladas en ejecución del Proyecto. La certificación se acompañará de una sucinta memoria en la que se detallarán las actividades
y en la que deberá indicarse, además, en todo caso, el número de usuarios del Proyecto. Asimismo, se aportará imagen de los materiales de difusión, publicidad o cualquier otro relacionado con el Proyecto que, en su caso, se hubieran elaborado.
El Ayuntamiento deberá presentar dicha documentación justificativa con anterioridad al día 18 de julio de 2023.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que el Proyecto no sea ejecutado en su totalidad, que no se desarrolle durante todo
el periodo previsto, que no se desarrolle conforme a lo recogido en el presente
convenio, que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que no
cuente con la participación estimada o que el Ayuntamiento destine una aportación mayor de la establecida.
— Facilitar instalaciones deportivas de la Comunidad de Madrid si fuera aconsejable
para el mejor desarrollo del Proyecto, condicionado a la disponibilidad del uso de
dichas instalaciones en cada momento.
BOCM-20221110-70
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
B.O.C.M. Núm. 268
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 205
nes establecidas en la Orden 1819/2017, de 22 de mayo, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos
de actividad física y salud, y la Orden 454/2022, de 6 de abril, de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, por la que se convoca la VII edición de dicho programa.
Este Proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
Con el proyecto “Tielmes en Forma 22/23” se pretende hacer llegar el deporte y las rutinas saludables a sectores de la población del municipio de Tielmes que tradicionalmente
están más alejados de su práctica y sus beneficios.
El objetivo es que la población mayor, especialmente mayores de 65, eleve su calidad de
vida a través de la práctica deportiva de forma periódica y con una metodología adaptada a
sus necesidades y capacidades.
La pandemia ha hecho mucho daño a toda la población de la tercera edad, que es el
grupo poblacional de máximo riesgo para el COVID-19. Con este proyecto queremos recuperar a las personas que tanto sufrieron meses atrás y que no pudieron entrenar como les
hubiera gustado. Se recuperó la práctica en el curso 21/22, y se quiere mantener la buena
dinámica durante el presente curso, realizándose en continuidad desde octubre de 2022 hasta junio de 2023 dos sesiones semanales de una hora de duración, incluyendo también excursiones caminando a diferentes parajes del municipio, y actividades conjuntas con Perales de Tajuña (municipios unidos por la Vía Verde del Tajuña).
En todo caso, el desarrollo de las actividades previstas en el proyecto indicado se realizará con estricta observancia de la normativa que, en cada momento, y según la evolución epidemiológica, se vaya aprobando en relación con la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del Proyecto se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 1.826,94 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria.
Esta aportación constituye el 80 % del total del coste ajustado del Proyecto, cuya
estimación asciende a 2.283,67 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2023. El coste de las
actividades de 2022 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2023, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”,
del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito adecuado y suficiente.
Para ello será requisito necesario la previa presentación de certificación del Interventor del Ayuntamiento, de los gastos realizados, en la que se desglosará por conceptos
el coste de todas las actividades desarrolladas en ejecución del Proyecto. La certificación se acompañará de una sucinta memoria en la que se detallarán las actividades
y en la que deberá indicarse, además, en todo caso, el número de usuarios del Proyecto. Asimismo, se aportará imagen de los materiales de difusión, publicidad o cualquier otro relacionado con el Proyecto que, en su caso, se hubieran elaborado.
El Ayuntamiento deberá presentar dicha documentación justificativa con anterioridad al día 18 de julio de 2023.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que el Proyecto no sea ejecutado en su totalidad, que no se desarrolle durante todo
el periodo previsto, que no se desarrolle conforme a lo recogido en el presente
convenio, que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que no
cuente con la participación estimada o que el Ayuntamiento destine una aportación mayor de la establecida.
— Facilitar instalaciones deportivas de la Comunidad de Madrid si fuera aconsejable
para el mejor desarrollo del Proyecto, condicionado a la disponibilidad del uso de
dichas instalaciones en cada momento.
BOCM-20221110-70
Obligaciones de la Comunidad de Madrid