D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221110-67)
Convenio –  Convenio de 30 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y el Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix, para el desarrollo del Proyecto “Duatlón: En Bicicleta y a Correr” en el marco de la VII edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 268

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE NOVIEMBRE DE 2022

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ra, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix (en adelante, el
Ayuntamiento) para el desarrollo del Proyecto “Duatlón: En Bicicleta y a Correr” (en adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre
la población, según las condiciones establecidas en la Orden 1819/2017, de 22 de mayo, del
Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el Programa de Colaboración Institucional en Proyectos de Actividad Física y Salud, y la Orden 454/2022, de 6 de
abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la VII Edición
de dicho programa.
Este Proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
“Duatlón: En Bicicleta y a Correr” consiste en promover en el municipio de San Agustín del Guadalix la actividad deportiva del Duatlón (carrera a pie y ciclismo), ya que dispone de un entorno natural y urbano idóneo para la práctica regular de este deporte.
A su vez, se pretende educar en la práctica correcta de este deporte y en otras numerosas actividades paralelas, con el objetivo de que los usuarios adquieran hábitos continuos
de la práctica deportiva saludable y que, a su vez, sea un mecanismo de mejora de sus cualidades físicas y emocionales.
Se dirige jóvenes desde 16 años del municipio, y a adultos hasta 65. Se desarrolla entre enero y junio de 2023, en sesiones semanales de dos horas, con un total de 21 sesiones
en los seis meses de duración del Proyecto.
En todo caso, el desarrollo de las actividades previstas en el Proyecto indicado se realizará con estricta observancia de la normativa que, en cada momento, y según la evolución epidemiológica, se vaya aprobando en relación con la crisis sanitaria ocasionada por
el COVID-19.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del Proyecto se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 3.446,40 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 80 % del total del coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 4.308 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2023. El coste de las
actividades de 2022 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2023, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”,
del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito adecuado y suficiente.
Para ello será requisito necesario la previa presentación de certificación del Interventor del Ayuntamiento, de los gastos realizados, en la que se desglosará por conceptos
el coste de todas las actividades desarrolladas en ejecución del Proyecto. La certificación se acompañará de una sucinta memoria en la que se detallarán las actividades
y en la que deberá indicarse, además, en todo caso, el número de usuarios del Proyecto. Asimismo, se aportará imagen de los materiales de difusión, publicidad o cualquier otro relacionado con el Proyecto que, en su caso, se hubieran elaborado.
El Ayuntamiento deberá presentar dicha documentación justificativa con anterioridad al día 18 de julio de 2023.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que el Proyecto no sea ejecutado en su totalidad, que no se desarrolle durante todo
el período previsto, que no se desarrolle conforme a lo recogido en el presente
Convenio, que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que no
cuente con la participación estimada o que el Ayuntamiento destine una aportación mayor de la establecida.
— Facilitar instalaciones deportivas de la Comunidad de Madrid si fuera aconsejable
para el mejor desarrollo del Proyecto, condicionado a la disponibilidad del uso de
dichas instalaciones en cada momento.

BOCM-20221110-67

Obligaciones de la Comunidad de Madrid