D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221109-9)
Convenio –  Convenio de 3 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y la Mancomunidad de MISSEM, para la realización de actuaciones en el marco del Plan Corresponsables
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 267

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE NOVIEMBRE DE 2022

Pág. 129

ANEXO I
PROYECTOS DEL CONVENIO

I.

Nombre del Proyecto 1:
PLAN CORRESPONSABLES 2022: BOLSA DE CUIDADOS Y APOYO FAMILIAR PARA LA
CONCILIACIÓN

II.

Objetivos:
Objetivos generales
Facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las familias con hijas e hijos
menores de hasta 16 años de edad residentes en la Comunidad de Madrid través de la puesta
en marcha de actuaciones que permitirán a las familias acceder y disfrutar de cuidados
profesionales para que los y las menores estén atendidos y atendidas mientras las personas
adultas de la unidad familiar se encuentran haciendo frente a sus responsabilidades
profesionales u otras obligaciones personales. Así como fomentar la corresponsabilidad de las
obligaciones familiares en base al principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y
hombres.

Objetivos específicos
O.E.1. Favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral de familias con escasos recursos
económicos y sin red familiar de apoyo, facilitando la conciliación y el ejercicio de sus
responsabilidades en la crianza.
O.E.2. Garantizar la asistencia de las niñas y niños a los centros escolares y otros recursos
socioeducativos y/o de tratamiento, acompañándolos en los traslados.
O.E.3. Apoyar la atención de las y los menores proporcionándoles cuidados personales en el
domicilio.

III.

Descripción de actividades:
El proyecto comprende las siguientes actuaciones:
a) Habilitación de servicios de cuidado profesional de calidad, y con garantía de derechos
laborales de los profesionales que presten sus servicios en este marco, de niñas, niños y
jóvenes menores de 16 años que puedan prestarse en domicilio por un número determinado
de horas semanales.
b) Habilitación de servicios de cuidado profesional de calidad, y con garantía de derechos
laborales de los profesionales que presten sus servicios en este marco, de niñas, niños y
jóvenes menores de 16 años que puedan prestarse en dependencias públicas
convenientemente habilitadas al efecto, cumpliendo con las garantías sanitarias, tales como

Actuaciones:
1.

Cuidado personal del menor.
Se trata de prestaciones de cuidado personal que posibilitan la atención adecuada de las
niñas y niños en el propio domicilio familiar.

BOCM-20221109-9

escuelas, centros municipales o polideportivos, entre otros.