D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221109-6)
Convenio –  Convenio de 3 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Estremera, para la realización de actuaciones en el marco del Plan Corresponsables
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 267

aportación iniciando el correspondiente procedimiento de reintegro de las cantidades percibidas y no justificadas.
6.5.

Gastos financiables:

En el marco de este convenio son gastos financiables los siguientes:
— Gastos derivados de la gestión de proyectos justificados a través de facturas, detallados en el anexo I.
— Gastos de las nóminas de las personas contratadas directamente por las Entidades
Locales/Mancomunidades para la ejecución del proyecto descrito en el anexo I
justificados a través de las nóminas y seguros sociales.
— Queda excluida la financiación de gastos que por su naturaleza económica se encuadren en el capítulo 1 o en los capítulos 6 a 9 del presupuesto de gastos, así
como gastos realizados que se materialicen en prestaciones económicas directas a
personas y/o familias, o gastos relativos a la dotación de personal de los centros
de Educación Infantil.
— Excepcionalmente se podrá financiar la realización de gastos de capítulo 1 cuando
estos correspondan a la ejecución derivada de un programa de carácter temporal
establecido con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10.1 apartado c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Séptima
Protección de datos de carácter personal, confidencialidad y transmisión
de datos entre administraciones

— Por lo que respecta a los datos personales tratados por la Comunidad de Madrid serán tratados e incorporados a la actividad de tratamiento “Subvenciones” cuya finalidad es la gestión de las líneas de subvenciones de la Dirección General de
Igualdad y de las acciones subvencionadas, y cuya base legal es RGPD 6.1.c) el
tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al
responsable del tratamiento y RGPD 6.1.e) el tratamiento es necesario para el
cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
— Los datos personales podrán ser comunicados a otros órganos de esta Administración para la tramitación y otras Administraciones/poderes públicos para el ejercicio
de sus competencias legales. Entidades colaboradoras, Intervención de la Comunidad de Madrid. Tribunal de Cuentas. En caso de requerimiento: Fuerzas y Cuerpos
de Seguridad del Estado/Autoridades Judiciales, en su caso Defensor del Pueblo.
— Por lo que respecta a los datos personales tratados por el Ayuntamiento de Estremera, estos tendrán que ser tratados e incorporados a la actividad de tratamiento
establecida por el Ayuntamiento de Estremera para la ejecución del presente convenio, cuya base legal se encuentra en el artículo 6.1.c) del Reglamento General

BOCM-20221109-6

Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
La Dirección General de Igualdad de la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de
Estremera se informan recíprocamente de que los datos personales que se recogen en virtud de este convenio, incluidos los datos del personal al servicio de una de las partes a los
que la otra pueda tener acceso durante el desarrollo del mismo, serán tratados por la Dirección General de Igualdad de la Comunidad de Madrid o por el Ayuntamiento de Estremera, respectivamente, como responsables del tratamiento, con la única finalidad de gestionar
la relación del presente convenio.