Villaviciosa de Odón (BOCM-20221108-87)
Régimen económico. Ordenanza fiscal bienes inmuebles
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 330

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 266

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
87

VILLAVICIOSA DE ODÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20221108-87

En el Servicio de Rentas de este Ayuntamiento, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público el acuerdo provisional que a continuación se relaciona, adoptado por la Corporación en Pleno en sesión celebrada el día 31 de octubre de 2022:
— Aprobar la modificación de la ordenanza fiscal siguiente: ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica.
Los interesados legítimos a los que hace referencia el artículo 18 del Real Decreto 2/2004,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, podrán examinar
el referido expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas con sujeción a
las siguientes reglas:
a) Plazo de información pública y audiencia, así como presentación de reclamaciones: treinta días hábiles desde la publicación de este anuncio en le BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b) Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.
c) Organismo ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, finalizado el período de exposición pública, y sin que se hubiera presentado reclamaciones durante el citado período de exposición pública, se entenderá de manera definitiva
adoptado el acuerdo anteriormente citado, hasta entonces provisional, sin necesidad de
acuerdo Plenario.
Villaviciosa de Odón, a 4 de noviembre de 2022.—El alcalde-presidente, Raúl Martín
Galán.
(03/21.506/22)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791