D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221108-51)
Convenio – Convenio de 5 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Prádena del Rincón, para el desarrollo del Proyecto “No te quedes ahí, muévete. No te quedes ahí, únete”, en el marco de la VII edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 266
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 233
ESTIPULACIONES
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Prádena del Rincón (en adelante, el Ayuntamiento) para el desarrollo del Proyecto “No te quedes ahí, muévete. No te quedes ahí, únete” (en
adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden 1819/2017, de 22 de mayo,
del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 454/2022, de 6 de
abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la VII edición
de dicho programa.
Este Proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
“No te quedes ahí, muévete. No te quedes ahí, únete” es un programa de intervención
de ejercicio físico para la salud a través del pilates y pádel, organizado para personas entre
los 14 y los 65 años de edad.
El programa se desarrolla entre octubre de 2022 y junio de 2023, a través de la práctica continua de pilates (2 horas a la semana), como método de entrenamiento basado en los
principios de concentración, precisión, respiración, control, fluidez de movimiento y centralidad, que ayudan a mejorar la tonificación de los músculos fomentando el equilibrio, así
como de la práctica del pádel (3 horas a las semana), para incentivar la práctica regular de
ejercicio en el propio municipio (ya que para la mayoría de prácticas la población se tiene
que desplazar a otras localidades mayores).
En todo caso, el desarrollo de las actividades previstas en el proyecto indicado se realizará con estricta observancia de la normativa que, en cada momento y según la evolución epidemiológica, se vaya aprobando en relación con la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del Proyecto se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 5.327,51 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 95 por 100 del total del coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 5.607,90 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2023. El coste de las
actividades de 2022 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2023, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para ello será requisito necesario la previa presentación de certificación del Interventor del Ayuntamiento, de los gastos realizados, en la que se desglosará por conceptos el coste de todas las actividades desarrolladas en ejecución del Proyecto.
La certificación se acompañará de una sucinta memoria en la que se detallarán las
actividades y en la que deberá indicarse, además, en todo caso, el número de usuarios del Proyecto. Asimismo, se aportará imagen de los materiales de difusión, publicidad o cualquier otro relacionado con el Proyecto que, en su caso, se hubieran
elaborado.
El Ayuntamiento deberá presentar dicha documentación justificativa con anterioridad al día 18 de julio de 2023.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que el Proyecto no sea ejecutado en su totalidad, que no se desarrolle durante todo
BOCM-20221108-51
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
B.O.C.M. Núm. 266
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 233
ESTIPULACIONES
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Prádena del Rincón (en adelante, el Ayuntamiento) para el desarrollo del Proyecto “No te quedes ahí, muévete. No te quedes ahí, únete” (en
adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden 1819/2017, de 22 de mayo,
del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 454/2022, de 6 de
abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la VII edición
de dicho programa.
Este Proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
“No te quedes ahí, muévete. No te quedes ahí, únete” es un programa de intervención
de ejercicio físico para la salud a través del pilates y pádel, organizado para personas entre
los 14 y los 65 años de edad.
El programa se desarrolla entre octubre de 2022 y junio de 2023, a través de la práctica continua de pilates (2 horas a la semana), como método de entrenamiento basado en los
principios de concentración, precisión, respiración, control, fluidez de movimiento y centralidad, que ayudan a mejorar la tonificación de los músculos fomentando el equilibrio, así
como de la práctica del pádel (3 horas a las semana), para incentivar la práctica regular de
ejercicio en el propio municipio (ya que para la mayoría de prácticas la población se tiene
que desplazar a otras localidades mayores).
En todo caso, el desarrollo de las actividades previstas en el proyecto indicado se realizará con estricta observancia de la normativa que, en cada momento y según la evolución epidemiológica, se vaya aprobando en relación con la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del Proyecto se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 5.327,51 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 95 por 100 del total del coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 5.607,90 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2023. El coste de las
actividades de 2022 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2023, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para ello será requisito necesario la previa presentación de certificación del Interventor del Ayuntamiento, de los gastos realizados, en la que se desglosará por conceptos el coste de todas las actividades desarrolladas en ejecución del Proyecto.
La certificación se acompañará de una sucinta memoria en la que se detallarán las
actividades y en la que deberá indicarse, además, en todo caso, el número de usuarios del Proyecto. Asimismo, se aportará imagen de los materiales de difusión, publicidad o cualquier otro relacionado con el Proyecto que, en su caso, se hubieran
elaborado.
El Ayuntamiento deberá presentar dicha documentación justificativa con anterioridad al día 18 de julio de 2023.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que el Proyecto no sea ejecutado en su totalidad, que no se desarrolle durante todo
BOCM-20221108-51
Obligaciones de la Comunidad de Madrid