D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221108-46)
Convenio –  Convenio de 30 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Piñuécar-Gandullas, para el desarrollo del proyecto “Juvenal V”, en el marco de la VII edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 266

ESTIPULACIONES
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Piñuécar-Gandullas (en adelante, el Ayuntamiento)
para el desarrollo del proyecto “Juvenal V” (en adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden 1819/2017, de 22 de mayo, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte,
por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física
y salud, y la Orden 454/2022, de 6 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte,
por la que se convoca la VII edición de dicho programa.
Este Proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
“Juvenal V” es un programa de intervención de ejercicio físico para la salud, que se
desarrolla entre octubre de 2022 y junio de 2023, y apuesta por la realización de actividades encaminadas a promocionar la práctica regular de la actividad física saludable, con una
práctica semanal continua y recomendaciones sobre ejercicio físico.
La actividad, que se desarrolla en los dos núcleos del municipio, Piñuécar y Gandullas, se
basa en la técnica Pilates. Va dirigida prioritariamente a adultos entre 30 y 50 años de edad.
La actividad se realiza dos días a la semana, con una hora de duración, en horario de
tarde. Se realizará en Piñuécar dos días y en Gandullas otros dos días.
Se añade en este ejercicio la actividad de Movimiento Mindful como práctica de deporte suave, y se incorporan rutas de senderismo.
En todo caso, el desarrollo de las actividades previstas en el Proyecto indicado se realizará con estricta observancia de la normativa que, en cada momento, y según la evolución epidemiológica, se vaya aprobando en relación con la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del Proyecto se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 5.262,32 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 83,33 por 100 del total del
coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 6.315 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2023. El coste de las
actividades de 2022 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2023, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para ello será requisito necesario la previa presentación de certificación del Interventor del Ayuntamiento, de los gastos realizados, en la que se desglosará por conceptos el coste de todas las actividades desarrolladas en ejecución del Proyecto.
La certificación se acompañará de una sucinta memoria en la que se detallarán las actividades y en la que deberá indicarse, además, en todo caso, el número de usuarios
del Proyecto. Asimismo, se aportará imagen de los materiales de difusión, publicidad
o cualquier otro relacionado con el Proyecto que, en su caso, se hubieran elaborado.
El Ayuntamiento deberá presentar dicha documentación justificativa con anterioridad al día 18 de julio de 2023.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de que
el Proyecto no sea ejecutado en su totalidad, que no se desarrolle durante todo el período previsto, que no se desarrolle conforme a lo recogido en el presente convenio,
que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que no cuente con la

BOCM-20221108-46

Obligaciones de la Comunidad de Madrid