D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221108-45)
Convenio –  Convenio de 30 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Pezuela de las Torres, para el desarrollo del Proyecto “Proyecto Punto Activo Infantil. Pezuela de las Torres (tres a doce años)”, en el marco de la VII edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 266

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE NOVIEMBRE DE 2022

Pág. 193

ESTIPULACIONES
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de
cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de
Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Pezuela de las Torres (en adelante,
el Ayuntamiento) para el desarrollo del Proyecto “Punto Activo Infantil. Pezuela de las
Torres (3 a 12 años)” (en adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según las condiciones establecidas en
la Orden 1819/2017, de 22 de mayo, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte,
por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad
física y salud, y la Orden 454/2022, de 6 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo
y Deporte, por la que se convoca la VII edición de dicho programa.
Este Proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
“Punto Activo Infantil. Pezuela de las Torres (3 a 12 años)” es un Proyecto de promoción de la actividad física mediante el juego, dirigido a los niños del municipio entre los 3
y los 12 años, reagrupados en franjas de edad de 3-5 y 6-12 años. Se realiza entre los meses de noviembre de 2022 y junio de 2023.
Se trata de promover un punto de encuentro activo ofreciendo diversión a través del
movimiento para alejar a los menores de la inactividad y de las pantallas. Se distribuirán los
grupos en función de la edad y se realizarán dos sesiones semanales de una hora de duración por grupo, al aire libre, con ejercicios de calentamiento, estiramientos, juegos de presentación, juegos dinámicos y tradicionales.
Se tratará de estimular la creación y la imaginación de los niños, fomentando por ejemplo la creación de nuevos juegos de movimiento y se realizará en el patio del colegio o en
la nave cubierta en días de inclemencia meteorológica. También se realizarán recomendaciones a las familias sobre hábitos saludables nutricionales y pautas y hábitos activos. Y al
finalizar el curso se realizará un encuentro intermunicipal con los municipios de Anchuelo
y Santorcaz, para fomentar la relación de los niños de los tres municipios que pertenecen al
mismo CRA (Colegio Rural Agrupado) y que también tienen un Punto Activo Infantil en
sus municipios.
En todo caso, el desarrollo de las actividades previstas en el proyecto indicado se
realizará con estricta observancia de la normativa que, en cada momento, y según la evolución epidemiológica, se vaya aprobando en relación con la crisis sanitaria ocasionada
por el COVID-19.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del Proyecto se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 7.500 euros, de acuerdo con la
evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 86,40 por 100 del total del
coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 8.681 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2023. El coste de las
actividades de 2022 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2023, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para ello será requisito necesario la previa presentación de certificación del Interventor del Ayuntamiento, de los gastos realizados, en la que se desglosará por conceptos el coste de todas las actividades desarrolladas en ejecución del Proyecto.
La certificación se acompañará de una sucinta memoria en la que se detallarán las

BOCM-20221108-45

Obligaciones de la Comunidad de Madrid