D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221108-44)
Convenio – Convenio de 30 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Perales de Tajuña, para el desarrollo del Proyecto “Proyecto Punto Activo. Perales de Tajuña” en el marco de la VII edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
Pág. 186
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 266
ESTIPULACIONES
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Perales de Tajuña (en adelante, el Ayuntamiento) para el desarrollo del Proyecto “Proyecto Punto Activo. Perales de Tajuña” (en
adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden 1819/2017, de 22 de mayo,
del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 454/2022, de 6
de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la VII edición de dicho programa.
Este Proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
“Proyecto Punto Activo. Perales de Tajuña” es un programa de intervención de ejercicio físico para la salud, organizado para personas mayores de 55 años. Se trata de un programa estándar de iniciación a la práctica de ejercicio saludable, para mayores con perfil
sedentario. La actividad se imparte en sesiones de una hora y media, dos días a la semana,
con ubicación variable en función de la climatología. Se desarrolla entre octubre de 2022 y
junio de 2023.
Por otro lado, se informará de la oferta de actividades a las que puede optar en su entorno, tanto para complementar el programa como para cumplir la dosis mínima de ejercicio físico semanal, recomendada por la Organización Mundial de la Salud. Se intercalarán
jornadas de prueba de otras actividades que ofrezca el ayuntamiento a los usuarios para que
se produzca el acercamiento y conocimiento de las mismas.
Se organizarán también 3 salidas a lo largo del curso, una por trimestre, para conocer
otros entornos y realizar rutas de senderismo distintas a las habituales.
En todo caso, el desarrollo de las actividades previstas en el proyecto indicado se realizará con estricta observancia de la normativa que, en cada momento, y según la evolución
epidemiológica, se vaya aprobando en relación con la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del Proyecto se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 3.844,14 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 80% del total del coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 4.805,18 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2023. El coste de las
actividades de 2022 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2023, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para ello será requisito necesario la previa presentación de certificación del Interventor del Ayuntamiento, de los gastos realizados, en la que se desglosará por conceptos el coste de todas las actividades desarrolladas en ejecución del Proyecto.
La certificación se acompañará de una sucinta memoria en la que se detallarán las
actividades y en la que deberá indicarse, además, en todo caso, el número de usuarios del Proyecto. Asimismo, se aportará imagen de los materiales de difusión, pu-
BOCM-20221108-44
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
Pág. 186
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 266
ESTIPULACIONES
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Perales de Tajuña (en adelante, el Ayuntamiento) para el desarrollo del Proyecto “Proyecto Punto Activo. Perales de Tajuña” (en
adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según las condiciones establecidas en la Orden 1819/2017, de 22 de mayo,
del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 454/2022, de 6
de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la VII edición de dicho programa.
Este Proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
“Proyecto Punto Activo. Perales de Tajuña” es un programa de intervención de ejercicio físico para la salud, organizado para personas mayores de 55 años. Se trata de un programa estándar de iniciación a la práctica de ejercicio saludable, para mayores con perfil
sedentario. La actividad se imparte en sesiones de una hora y media, dos días a la semana,
con ubicación variable en función de la climatología. Se desarrolla entre octubre de 2022 y
junio de 2023.
Por otro lado, se informará de la oferta de actividades a las que puede optar en su entorno, tanto para complementar el programa como para cumplir la dosis mínima de ejercicio físico semanal, recomendada por la Organización Mundial de la Salud. Se intercalarán
jornadas de prueba de otras actividades que ofrezca el ayuntamiento a los usuarios para que
se produzca el acercamiento y conocimiento de las mismas.
Se organizarán también 3 salidas a lo largo del curso, una por trimestre, para conocer
otros entornos y realizar rutas de senderismo distintas a las habituales.
En todo caso, el desarrollo de las actividades previstas en el proyecto indicado se realizará con estricta observancia de la normativa que, en cada momento, y según la evolución
epidemiológica, se vaya aprobando en relación con la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del Proyecto se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 3.844,14 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 80% del total del coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 4.805,18 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2023. El coste de las
actividades de 2022 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2023, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para ello será requisito necesario la previa presentación de certificación del Interventor del Ayuntamiento, de los gastos realizados, en la que se desglosará por conceptos el coste de todas las actividades desarrolladas en ejecución del Proyecto.
La certificación se acompañará de una sucinta memoria en la que se detallarán las
actividades y en la que deberá indicarse, además, en todo caso, el número de usuarios del Proyecto. Asimismo, se aportará imagen de los materiales de difusión, pu-
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Obligaciones de la Comunidad de Madrid