Leganés (BOCM-20221107-81)
Régimen económico. Bases concurso desfile cabalgata
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 265
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 7 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 357
BOCM-20221107-81
cargo a la partida 21-3380-481-00 del ejercicio 2023 y que estarán sometidos a las retenciones legalmente establecidas:
— Primer premio: 700 euros.
— Segundo premio: 650 euros.
— Tercer premio: 600 euros.
— Cuarto premio: 550 euros.
— Accésit del 5.o al 10.o: 500 euros.
— Accésit del 11.o al 15.o: 450 euros.
— Accésit del 16.o al 20.o: 390 euros.
Art. 6. Información y publicidad.—La publicación de las presentes bases se realizará
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Cualquier comunicación relativa al
Concurso se hará además a través de los tablones de anuncios de la Concejalía Delegada de
Festejos y de la página web del ayuntamiento: www.leganes.org
La información relativa al mismo se facilitará desde la Concejalía Delegada de Festejos, en el teléfono 912 489 583 y en el correo electrónico festejos@leganes.org
Art. 7. Aspectos legales.—El Ayuntamiento de Leganés podrá, en el caso de detectar
un uso fraudulento del certamen, modificar las presentes bases en aquellas disposiciones que
fueran pertinentes para lograr el correcto funcionamiento del mismo. Asimismo, resolverá
todas las cuestiones que pudieran surgir o plantearse en la interpretación de estas bases.
Los participantes consienten al Ayuntamiento de Leganés la realización de grabaciones audiovisuales en espacios públicos de su imagen, derivadas de su participación en este
concurso y autorizan su posterior utilización con carácter promocional, dentro del marco
de la información municipal de interés general, lo que incluirá su reproducción y comunicación pública en aquellos medios que el Ayuntamiento de Leganés considere, sin límite
temporal alguno.
Art. 8. Órgano competente.—Corresponde a la Junta de Gobierno Local la aprobación de las presentes bases, delegando en el concejal-delegado de Festejos, la adopción de
cuantos acuerdos sean necesarios para la ejecución del concurso, salvo el reconocimiento
de la obligación y el pago de los premios que corresponderá al concejal-delegado de Hacienda, de conformidad con las Bases de Ejecución del Presupuesto.
Leganés, a 3 de noviembre de 2022.—La concejala-delegada de Mayores, Participación
Ciudadana y Festejos, María Ángeles Micó Vaquerizo.
(03/21.413/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 265
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LUNES 7 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 357
BOCM-20221107-81
cargo a la partida 21-3380-481-00 del ejercicio 2023 y que estarán sometidos a las retenciones legalmente establecidas:
— Primer premio: 700 euros.
— Segundo premio: 650 euros.
— Tercer premio: 600 euros.
— Cuarto premio: 550 euros.
— Accésit del 5.o al 10.o: 500 euros.
— Accésit del 11.o al 15.o: 450 euros.
— Accésit del 16.o al 20.o: 390 euros.
Art. 6. Información y publicidad.—La publicación de las presentes bases se realizará
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Cualquier comunicación relativa al
Concurso se hará además a través de los tablones de anuncios de la Concejalía Delegada de
Festejos y de la página web del ayuntamiento: www.leganes.org
La información relativa al mismo se facilitará desde la Concejalía Delegada de Festejos, en el teléfono 912 489 583 y en el correo electrónico festejos@leganes.org
Art. 7. Aspectos legales.—El Ayuntamiento de Leganés podrá, en el caso de detectar
un uso fraudulento del certamen, modificar las presentes bases en aquellas disposiciones que
fueran pertinentes para lograr el correcto funcionamiento del mismo. Asimismo, resolverá
todas las cuestiones que pudieran surgir o plantearse en la interpretación de estas bases.
Los participantes consienten al Ayuntamiento de Leganés la realización de grabaciones audiovisuales en espacios públicos de su imagen, derivadas de su participación en este
concurso y autorizan su posterior utilización con carácter promocional, dentro del marco
de la información municipal de interés general, lo que incluirá su reproducción y comunicación pública en aquellos medios que el Ayuntamiento de Leganés considere, sin límite
temporal alguno.
Art. 8. Órgano competente.—Corresponde a la Junta de Gobierno Local la aprobación de las presentes bases, delegando en el concejal-delegado de Festejos, la adopción de
cuantos acuerdos sean necesarios para la ejecución del concurso, salvo el reconocimiento
de la obligación y el pago de los premios que corresponderá al concejal-delegado de Hacienda, de conformidad con las Bases de Ejecución del Presupuesto.
Leganés, a 3 de noviembre de 2022.—La concejala-delegada de Mayores, Participación
Ciudadana y Festejos, María Ángeles Micó Vaquerizo.
(03/21.413/22)
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ISSN 1989-4791