C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA - CANAL DE ISABEL II (BOCM-20221107-30)
Convenio ejecución infraestructuras – Convenio de 24 de octubre de 2022, de ejecución de infraestructuras de alcantarillado Plan Sanea en el municipio de Meco con cargo a cuota suplementaria, entre el Ayuntamiento de Meco, Canal de Isabel II y Canal de Isabel II, S. A.
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BOCM
Pág. 152
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 7 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 265
Quinto
Está previsto que las obras de renovación de las infraestructuras hidráulicas de alcantarillado que se ejecuten en el marco del Plan Sanea se financien con cargo a una cuota suplementaria
a la tarifa de alcantarillado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1.2.13 y 6 del Decreto 137/1985, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre Régimen Económico y Financiero del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid (en
adelante, Decreto 137/1985), así como en los artículos 11 y 12 de la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, Reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid
(en adelante, Ley 17/1984). Sin perjuicio de lo anterior, los Ayuntamientos que lo deseen pueden
financiar directamente las referidas obras con cargo a su presupuesto.
Sexto
De acuerdo con lo dispuesto por la estipulación Duodécima del Convenio de Alcantarillado, Canal ha elaborado, a su cargo, el Plan Director de Alcantarillado de Meco (en adelante, el Plan Director), de fecha noviembre de 2013, que tiene la consideración de plan de actuación de la Comunidad de Madrid a los efectos previstos en los artículos 12.3 de la Ley 17/1984
y 6 del Decreto 137/1985. El mencionado Plan Director tiene por objeto describir las obras
de renovación de la red de alcantarillado del municipio de Meco y fue entregado al Ayuntamiento por parte de Canal en fecha 21 de febrero de 2014.
El referido Plan Director establece una clasificación de las obras según la urgencia y
prioridad de las mismas. Mediante el presente Convenio, el Ayuntamiento da su aprobación
a las obras previstas en el Plan Director y se establecen de común acuerdo los criterios para
la planificación, ejecución y financiación de las obras definidas como prioridad 1 y 2.
Se consideran obras de prioridad 1 las actuaciones contempladas en el Plan Director
que, por su urgencia e importancia para la adecuada y eficaz prestación del servicio de alcantarillado, deben ser ejecutadas con prioridad a las restantes actuaciones previstas en
aquel.
Se consideran obras de prioridad 2 las actuaciones contempladas en el Plan Director
cuya ejecución no tiene carácter urgente, aunque resultan necesarias para la adecuación de
la red municipal de alcantarillado a las normas técnicas que aplica Canal y, por tanto, para
garantizar la óptima prestación del servicio de alcantarillado.
El Ayuntamiento aprueba el Plan Director entregado y, mediante el presente Convenio decide cuáles serán las obras a acometer en el marco del Plan Sanea.
Séptimo
En fecha de 27 de septiembre de 2017, Canal y el Ayuntamiento celebraron el Acuerdo para la ejecución de obras de infraestructuras hidráulicas en el municipio de Meco, con
cargo a cuota suplementaria, mediante el que se establecieron los mecanismos de financiación de diversas obras de entre las previstas en el Plan Director.
Octavo
Para la financiación de las obras previstas en el Acuerdo de 27 de septiembre de 2017
el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó el Decreto 24/2018, de 3 de
abril, por el que se aprueba una cuota suplementaria en la tarifa de alcantarillado del municipio de Meco, con destino a la financiación de obras de infraestructuras hidráulicas (en
adelante, el Decreto 24/2018).
Puesto que ha habido un exceso de recaudación respecto a las obras previstas en el
Acuerdo de 27 de septiembre de 2017, de lo que resulta un excedente a favor del Ayuntamiento, al importe total de las actuaciones enumeradas en el Anexo del presente Convenio deberá imputarse la cuantía que se indica en el propio Anexo del presente Convenio.
El Ayuntamiento solicitó formalmente a Canal su adhesión al Plan Sanea, con especificación de las obras incluidas en el Plan Director y definidas como prioridad 1 y 2 que desea que se ejecuten en el marco del Plan Sanea, así como el importe de la cuota suplementaria a la tarifa de alcantarillado que solicita sea aplicada en el municipio.
Canal ha analizado la solicitud formulada por el Ayuntamiento y comprobado que éste
cumple los requisitos subjetivos y que las obras solicitadas están incluidas en el Plan Director remitido, y definidas como prioridad 1 y 2. Como consecuencia de lo anterior, Canal ha
aceptado la adhesión del municipio al Plan Sanea, lo cual ha comunicado al Ayuntamiento.
BOCM-20221107-30
Noveno
Pág. 152
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 7 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 265
Quinto
Está previsto que las obras de renovación de las infraestructuras hidráulicas de alcantarillado que se ejecuten en el marco del Plan Sanea se financien con cargo a una cuota suplementaria
a la tarifa de alcantarillado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1.2.13 y 6 del Decreto 137/1985, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre Régimen Económico y Financiero del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid (en
adelante, Decreto 137/1985), así como en los artículos 11 y 12 de la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, Reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid
(en adelante, Ley 17/1984). Sin perjuicio de lo anterior, los Ayuntamientos que lo deseen pueden
financiar directamente las referidas obras con cargo a su presupuesto.
Sexto
De acuerdo con lo dispuesto por la estipulación Duodécima del Convenio de Alcantarillado, Canal ha elaborado, a su cargo, el Plan Director de Alcantarillado de Meco (en adelante, el Plan Director), de fecha noviembre de 2013, que tiene la consideración de plan de actuación de la Comunidad de Madrid a los efectos previstos en los artículos 12.3 de la Ley 17/1984
y 6 del Decreto 137/1985. El mencionado Plan Director tiene por objeto describir las obras
de renovación de la red de alcantarillado del municipio de Meco y fue entregado al Ayuntamiento por parte de Canal en fecha 21 de febrero de 2014.
El referido Plan Director establece una clasificación de las obras según la urgencia y
prioridad de las mismas. Mediante el presente Convenio, el Ayuntamiento da su aprobación
a las obras previstas en el Plan Director y se establecen de común acuerdo los criterios para
la planificación, ejecución y financiación de las obras definidas como prioridad 1 y 2.
Se consideran obras de prioridad 1 las actuaciones contempladas en el Plan Director
que, por su urgencia e importancia para la adecuada y eficaz prestación del servicio de alcantarillado, deben ser ejecutadas con prioridad a las restantes actuaciones previstas en
aquel.
Se consideran obras de prioridad 2 las actuaciones contempladas en el Plan Director
cuya ejecución no tiene carácter urgente, aunque resultan necesarias para la adecuación de
la red municipal de alcantarillado a las normas técnicas que aplica Canal y, por tanto, para
garantizar la óptima prestación del servicio de alcantarillado.
El Ayuntamiento aprueba el Plan Director entregado y, mediante el presente Convenio decide cuáles serán las obras a acometer en el marco del Plan Sanea.
Séptimo
En fecha de 27 de septiembre de 2017, Canal y el Ayuntamiento celebraron el Acuerdo para la ejecución de obras de infraestructuras hidráulicas en el municipio de Meco, con
cargo a cuota suplementaria, mediante el que se establecieron los mecanismos de financiación de diversas obras de entre las previstas en el Plan Director.
Octavo
Para la financiación de las obras previstas en el Acuerdo de 27 de septiembre de 2017
el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó el Decreto 24/2018, de 3 de
abril, por el que se aprueba una cuota suplementaria en la tarifa de alcantarillado del municipio de Meco, con destino a la financiación de obras de infraestructuras hidráulicas (en
adelante, el Decreto 24/2018).
Puesto que ha habido un exceso de recaudación respecto a las obras previstas en el
Acuerdo de 27 de septiembre de 2017, de lo que resulta un excedente a favor del Ayuntamiento, al importe total de las actuaciones enumeradas en el Anexo del presente Convenio deberá imputarse la cuantía que se indica en el propio Anexo del presente Convenio.
El Ayuntamiento solicitó formalmente a Canal su adhesión al Plan Sanea, con especificación de las obras incluidas en el Plan Director y definidas como prioridad 1 y 2 que desea que se ejecuten en el marco del Plan Sanea, así como el importe de la cuota suplementaria a la tarifa de alcantarillado que solicita sea aplicada en el municipio.
Canal ha analizado la solicitud formulada por el Ayuntamiento y comprobado que éste
cumple los requisitos subjetivos y que las obras solicitadas están incluidas en el Plan Director remitido, y definidas como prioridad 1 y 2. Como consecuencia de lo anterior, Canal ha
aceptado la adhesión del municipio al Plan Sanea, lo cual ha comunicado al Ayuntamiento.
BOCM-20221107-30
Noveno