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Autorización instalación eléctrica – Resolución de 20 de octubre de 2022, de la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética, sobre autorización administrativa de cierre de un centro de transformación ubicado en la estación de Hortaleza 54, en el término municipal de Madrid, solicitado por UFD Distribución Electricidad, S. A. Número de expediente: 2022P662
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 262
LUNES 7 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 265
Tercero
Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así
como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General, en el
uso de sus atribuciones legalmente establecidas,
RESUELVE
Primero
Autorizar a UFD Distribución Electricidad, S. A., el cierre y desmantelamiento de un
centro de transformación ubicado en estación de Hortaleza 54, del término municipal
Madrid, cuyas características son las siguientes:
REF. INSTALACIÓN
Nº TRF.
TIPO CENTRO
APM 2016P2028 UCE12047
(28CGYP)
kVA MÁX.
PROTECCIÓN
1
1X160
RUPTOFUSIBLES
SITUACIÓN
REL TRANSF.
X - Y UTM (ETRS89)
TENSION (kV)
MADRID
15kV/420 V
4444806
4481531
15
Segundo
El cierre y desmantelamiento se realizará de acuerdo con el proyecto presentado, con
las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
El plazo para el cierre y desmantelamiento será de doce meses, contados a partir de la
fecha de notificación de la presente resolución, advirtiéndole de que si transcurrido dicho
plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de cierre, acompañada de la documentación establecida en el artículo 32 del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad de la
autorización, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, una
ampliación del plazo establecido.
La documentación a presentar con la solicitud de acta de cierre deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas de servicios
de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes y derechos a
su cargo.
La presente autorización administrativa de cierre y desmantelamiento se concede sin
perjuicio de las obligaciones de disponer de las autorizaciones, licencias o concesiones que
fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros, así como
del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios de locales
y terrenos.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de
Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
En Madrid, a 20 de octubre de 2022.—El Director General de Descarbonización y
Transición Energética, Fernando Arlandis Pérez.
(02/20.491/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20221107-49
Tercero
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Pág. 262
LUNES 7 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 265
Tercero
Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así
como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General, en el
uso de sus atribuciones legalmente establecidas,
RESUELVE
Primero
Autorizar a UFD Distribución Electricidad, S. A., el cierre y desmantelamiento de un
centro de transformación ubicado en estación de Hortaleza 54, del término municipal
Madrid, cuyas características son las siguientes:
REF. INSTALACIÓN
Nº TRF.
TIPO CENTRO
APM 2016P2028 UCE12047
(28CGYP)
kVA MÁX.
PROTECCIÓN
1
1X160
RUPTOFUSIBLES
SITUACIÓN
REL TRANSF.
X - Y UTM (ETRS89)
TENSION (kV)
MADRID
15kV/420 V
4444806
4481531
15
Segundo
El cierre y desmantelamiento se realizará de acuerdo con el proyecto presentado, con
las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
El plazo para el cierre y desmantelamiento será de doce meses, contados a partir de la
fecha de notificación de la presente resolución, advirtiéndole de que si transcurrido dicho
plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de cierre, acompañada de la documentación establecida en el artículo 32 del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad de la
autorización, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, una
ampliación del plazo establecido.
La documentación a presentar con la solicitud de acta de cierre deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas de servicios
de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes y derechos a
su cargo.
La presente autorización administrativa de cierre y desmantelamiento se concede sin
perjuicio de las obligaciones de disponer de las autorizaciones, licencias o concesiones que
fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros, así como
del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios de locales
y terrenos.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de
Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
En Madrid, a 20 de octubre de 2022.—El Director General de Descarbonización y
Transición Energética, Fernando Arlandis Pérez.
(02/20.491/22)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791
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Tercero